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Sobre las lenguas oficiales

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friday
Sobre las lenguas oficiales Barrio

Escribo esta tribuna desde Ares, en la costa norte de Galicia, en donde sus gentes hablan un gallego cordial. La arquitectura constitucional de 1978 se sustentaba para la convivencia lingüística en una cooficialidad que se pretendía integradora. La prevalencia jurídica del castellano como lengua oficial del Estado sobre el gallego, el catalán, el valenciano y el euskera, oficiales en sus respectivos territorios, se justificó en que naturalmente es la lengua común de todos los españoles. La redacción del artículo 3.1 de la Constitución es muy clara al establecer así solo el deber de conocer el castellano frente a las demás lenguas oficiales. El castellano es, por tanto, la única lengua de obligado conocimiento.

Ahora bien, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) demuestra de forma reiterada que la identidad lingüística forma parte indisoluble de los derechos fundamentales, vinculada a la integridad personal y al derecho a un proceso justo en el ámbito de la administración de justicia. Por lo que en modo alguno se puede impedir que un ciudadano se exprese en su lengua ante los poderes públicos y los tribunales de justicia, cumpliendo los principios de igualdad de armas y defensa; tal como sucede hoy en día entre nosotros en todas las administraciones........

© La Razón