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No moverle ni una coma

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En relación con la sucesión de la presidencia de la Suprema Corte se notan carencias y exceso. Las carencias: la presidenta de la República no tiene ni ha tenido consejeras jurídicas que sepan Derecho; los legisladores de Morena, de hecho, por limitarse a levantar el dedo, no lo son; y también carecen de valor para reconocer su responsabilidad en los errores que hay en la reforma constitucional publicada con fecha 15 de septiembre de 2024, la relacionada con la organización y funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El exceso, que no es menor: es el hecho de que el diputado Ricardo Monreal, que carece de funciones constituyentes, haya pretendido delegar en los ministros de la Corte la responsabilidad de no aplicar un texto vigente y aconsejado que opten por aplicar uno derogado.

Antes de la reforma de 2024 existía un mandamiento constitucional que disponía:

“Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior” (artículo 97, párrafo tercero). En otro texto, ahora derogado, se disponía que los ministros de la Corte serían electos por el Senado a propuesta en terna que hiciera el presidente de la República.

Por virtud de la reforma constitucional posterior, la publicada con fecha 15 de septiembre de 2024, se cambió el sistema de elección de los ministros, se dio participación en ella a la ciudadanía; y, por lo que toca a la presidencia, se dispuso:

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación se compondrá de nueve integrantes, Ministras y Ministros, y funcionará en Pleno. Su presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”.

La contradicción es evidente, pero no insalvable; la solución es sencilla, pero no........

© Proceso