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Una gijonesa logra ganar la batalla judicial a una aseguradora por las secuelas que sufrió tras un accidente de coche

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18.03.2026

Una gijonesa logra ganar la batalla judicial a una aseguradora por las secuelas que sufrió tras un accidente de coche

La colisión le provocó "incontinencia urinaria permanente" y la compañía solo le abonó 12.000 euros como parte del seguro

Palacio de Justicia de Gijón. / Pablo Solares

Una gijonesa tendrá que ser indemnizada con más de 80 mil euros tras sufrir un accidente y no recibir suficiente dinero por parte del seguro. El Juzgado de Instancia Nº 2 de Gijón emitió un fallo a favor de esta mujer que había llevado a tribunales a su aseguradora después de sufrir un accidente de tráfico y recibir un pago de 12.333, 97 euros. A juicio de la demandante, esta cantidad era insuficiente dado el alcance de sus lesiones, que le tuvieron 6 días en estado grave, y las secuelas que le produjo la colisión, provocándole una incontinencia urinaria permanente. Tras la vista oral, la magistrada ha condenado a la compañía a un pago de 84.985, 83 euros.

Los hechos se remontan al 22 de septiembre de 2022, cuando la mujer sufrió un accidente siendo víctima en una colisión por alcance. Fue trasaldada a Urgencias del Hospital de Jove, donde presentó dolor cervical, paracervical, dorsolumbar y una fractura en el ala sacra izquierda, además de otros dolores en la pelvis. Con este pronóstico permaneció ingresada de consideración durante seis días, hasta que recibió el alta debido a la buena evolución.

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Cinco días después, acudió de nuevo al Hospital de Jove, en este caso a Consultas Externas, primer momento en el que se pone por escrito una supuesta incontinencia urinaria, uno de los focos de disputa legal entre la demandante y la aseguradora. Según dos informes médicos, se trata de una "incontinencia por esfuerzo". Sin embargo, una tercera opinión médica eleva el trastorno a “permanente”. La magistrada apoya esta postura, afirmando que la mujer "requiere de medidas continuadas de manejo y control".

Otro asunto en liza entre ambas partes se centró en los días de baja, claves para el baremo económico en la indemnización. Los seis días que la demandante estuvo hospitalizada grave son claros, la disputa llega por las siguientes jornadas de tratamientos y exploraciones. La magistrada marcó en 197 días de baja moderada entre que la mujer abandonó el hospital y finalizó el tratamiento rehabilitador. En el escrito apuntan que "el reconocimiento de días de perjuicio moderado requiere la existencia de limitación relevante de las actividades ordinarias de la vida diaria con carácter temporal".

La aseguradora llegó a presentar un informe recabado por un detective privado en el que se mostraban fotografías de la demandante "en redes sociales realizando actividades como montar a caballo, subida a motos de gran cilindrada o participando en actividades de ocio en grupo", expuso la compañía como muestra de que la demandante "no ha sufrido una pérdida en términos absolutos de su capacidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de su desarrollo personal".

No obstante, la Magistrada no apreció esta prueba debido a que las imágenes eran anteriores a los últimos informes médicos que "ponen en relieve la necesidad de que lleve pañales e incluso servirse al menos tres veces al día de una sonda para el vaciado de la vejiga".

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Con estas pruebas recabadas, la Magistrada condenó a la aseguradora a un pago de 97.319, 81 euros por daños y perjuicios, a los que se restan los 12.333,81 euros ya pagados por la empresa. Sobre la sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial.

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