Reforma de Sheinbaum al Código Nacional de Procedimientos Penales: ¿en qué consiste y qué implica?
El 9 de diciembre, a días de que Ernestina Godoy tomara posesión en el cargo de fiscal general de la república, la Cámara de Senadores buscaba aprobar una reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales para regular la figura de “jueces sin rostro” y ampliar la prisión preventiva oficiosa y las detenciones en flagrancia, lo cual representa un retroceso para los derechos humanos.
La iniciativa de reforma fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum el 25 de junio de 2025, pero desde entonces está pendiente en comisiones. “Con el riesgo de aprobarse, las reglas procesales se endurecerán, pero sin garantizar la justicia”, alerta #LaJusticiaQueQueremos, un grupo de organizaciones civiles, colectivos y personas.
El Sabueso revisó la iniciativa de 615 páginas para explicarte en qué consiste y las implicaciones que tiene la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales en la justicia y los derechos humanos. Esta propuesta deriva de la reforma judicial, por lo que, una vez aprobada, las y los jueces —quienes protestaron el 1 de septiembre pasado tras ser electos por voto popular— deberán aplicar estas modificaciones en materia penal.
El 9 de diciembre, las Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado de la República tenían en el orden del día votar el dictamen de esa iniciativa de Sheinbaum. Pero el legislador Javier Corral Jurado, presidente de la Comisión de Justicia, pidió al inicio de la sesión que el dictamen se discuta en febrero, por lo que todavía se quedará en esas comisiones los siguientes meses.
“Este es un proyecto de dictamen que hemos venido trabajando desde hace varios meses no solamente entre legisladores recogiendo inquietudes, sino obviamente entre las instituciones que directamente están involucradas con el dictamen. Y hemos ido avanzando, como ustedes lo pudieron ver en una primera propuesta, una serie de cambios, de sugerencias que hemos hecho de modificación a la iniciativa que fue presentada por nuestra presidenta”, pronunció Corral.
La mayoría de las y los senadores integrantes de las comisiones unidas votaron a favor de retirar el dictamen para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales. Acordaron que asuntos como la figura de “jueces sin rostro” podrían analizarse mejor en enero y dictaminarse hasta febrero.
“Sobre todo en el tema de la figura de los jueces sin rostro, creo que podríamos avanzar mucho más en reglamentar esa figura, no solo de manera excepcional, sino con con reglas más específicas que permitan atender, así hay que decirlo, lo que ya los organismos internacionales en materia de derechos humanos han señalado para que cualquier persona sujeta a proceso tenga derecho a un juez no solo imparcial, sino competente, un juez con conocimiento”, dijo Corral.
Un comunicado firmado por 29 organizaciones de la sociedad civil pide no solo retrasar el dictamen, sino abrir la discusión para una nueva propuesta.
“Si bien la discusión en la Comisión de Justicia del Senado estaba prevista para este 9 de diciembre de 2025 y fue retirada del orden del día por ser un asunto delicado en materia de justicia, es fundamental que la iniciativa sea abierta a discusión y que, en su lugar, construyamos en conjunto una solución que proteja a los jueces, avance en la salvaguarda de derechos y contribuya de fondo a la justicia que queremos para México”, solicita #LaJusticiaQueQueremos.
La figura de los “jueces sin rostro” se refiere a la práctica de ocultar la identidad de los jueces en ciertos procedimientos legales para que así puedan juzgar un caso sin supuestamente ponerse en riesgo.
La reforma al artículo 22 bis del Código Nacional de Procedimientos Penales establece a los “jueces sin rostro” como una medida necesaria para preservar la seguridad, a solicitud del ministerio público o de la autoridad judicial competente en la investigación, proceso y ejecución de sanciones penales.
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