¿Una reforma constitucional necesaria?
Este jueves se aprobará en el Senado una de las poquísimas reformas que nuestra Constitución ha tenido. En un principio, consiste en algo tan loable e inclusivo como modificar la palabra "disminuido" que aparece en el artículo 49 de la Constitución, para sustituirlo por el de "personas con discapacidad". Pero, aparte de que se mete alguna cosilla más no tan sancta, estas modificaciones no son inocuas políticamente. Veamos.
Redacción actual: Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos».
Redacción nueva: 1. Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Se regulará por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
2. Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.
En principio, parecería mezquino no unirse entusiásticamente a una reforma que aumenta la dignidad de las personas con discapacidad, proscribiendo adjetivos que los........
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