El impuesto predial es el costo que el Estado le cobra por ser propietario de un inmueble. Su base depende del valor del avalúo catastral y es el municipio quien se encarga de recaudarlo y gastarlo.

El avalúo catastral es “el valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario”; es la base mínima de cualquier gestión oficial que se realice y debe revisarse o actualizarse cada 5 años como mínimo.

Ahora bien, a partir de 1991 se estableció el monto a cobrar como impuesto, siendo el Concejo Municipal quien lo cuantifica, de acuerdo a unos parámetros predeterminados por la ley y que van entre el 4 y 12 por mil del avalúo catastral, pudiendo éste, igualmente, determinar los plazos para el pago del mismo.

Entre nosotros la tasa planteada para el cobro del impuesto es la máxima posible, pues las administraciones municipales pueden obtener el monto suficiente para las actividades burocráticas y el botín para cubrir aquellas que no son tan santas; por tanto, entre más se recaude más opciones, mientras que los propietarios sienten que están echando su dinero en un costal sin fondo, pues la verdad no se ve la real función de los encargados de gobernarnos, lo que se puede establecer analizando temas como la seguridad ciudadana y la movilidad social.

Es una magnífica oportunidad para el nuevo alcalde entrar con el pie derecho y con la simpatía de sus gobernados si propone al Concejo dos temas respecto al impuesto aludido:

El primero, compensar el mayor valor catastral con una disminución en el porcentaje a cobrar, por ejemplo, disminuyendo 2 o 3 puntos por mil.

El segundo, ampliar el plazo del pago con un descuento, que en otros municipios es de 2 o 3 meses, mientras que en Bucaramanga se tiene cubrir en el mes de enero, debiendo el ciudadano asumir otros gastos obligatorios como las matrículas y útiles escolares, el pago de intereses y las cesantías entre otros.

Por eso, señor alcalde, juéguesela de esa manera y así podremos tener la sensación de que por fin tendremos autoridades que por una vez piensen más en la gente que en las contrataciones y licitaciones públicas que al final parece ser lo único que les ha interesado a los concejales y mandatarios locales anteriores.

QOSHE - Opinion Alcalde, entre con el pie derecho - Eduardo Pilonieta Pinilla
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Opinion Alcalde, entre con el pie derecho

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08.12.2023

El impuesto predial es el costo que el Estado le cobra por ser propietario de un inmueble. Su base depende del valor del avalúo catastral y es el municipio quien se encarga de recaudarlo y gastarlo.

El avalúo catastral es “el valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario”; es la base mínima de cualquier gestión oficial que se realice y debe revisarse o actualizarse cada 5 años como mínimo.

Ahora bien, a partir de 1991 se estableció el monto a cobrar como impuesto, siendo el Concejo Municipal........

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