Porque vulnera directamente la Constitución Española de 1978, atacando a nuestro Estado de Derecho y, entre otros, a los principios básicos de la seguridad jurídica, la igualdad de todos los españoles y la independencia y exclusividad judicial.

Teniendo en cuenta que la amnistía supone el ejercicio de una facultad de gracia con arreglo a la ley, nuestra Constitución no contempla una medida de gracia general.

La pretendida ley arremete y asalta al Estado de Derecho en España porque no corresponde a los partidos dominar a este esencial principio de gobernanza, sino a las leyes generales, predeterminadas, iguales para todos y permanentes que rigen.

Se viola también con esa disfrazada ley el principio de separación de poderes, ya que la amnistía priva no sólo a los jueces de su función de juzgar los hechos que, en el momento de su ocurrencia, constituían un delito o falta sino, incluso, a las víctimas que se ven privadas de su derecho a una protección judicial efectiva; en este sentido, conculcaría la propia Carta Europea de los Derechos Fundamentales.

No hay que olvidar que las leyes de amnistía sólo son admisibles si la Constitución prevé esa posibilidad y si las circunstancias devienen de situaciones extraordinarias en regímenes totalitarios para borrar gravísimos delitos contra las personas y sus derechos fundamentales, pero no en situaciones de normalidad democrática con el propósito alterar y pervertir y hasta intentar derogar el orden constitucional.

El Tribunal de la Unión Europea confía la decisión sobre la procedencia de una ley de amnistía a la soberanía normativa constitucional de los Estados miembros y las conductas que comprometen la integridad física o moral de los ciudadanos (delitos de peligro) no pueden ser amnistiadas, ya sean cometidos por grupos de particulares, como por ciudadanos con poder público (políticos).

Para más inri, el PSOE de Sánchez se salta la vía del proyecto de ley y para tratar de justificar lo injustificable, dedica casi 10 páginas, de las 16 que tiene la presunta ley, a la exposición de motivos, es decir, a confirmar aquello que dijera el Rey Federico II el Grande: >.

Por cierto, la susodicha ley, avisa a Puigdemont de que si retira su apoyo a Sánchez, la persecución penal y la detención a nivel europeo e internacional pueden reactivarse si la misma queda derogada por gobiernos futuros.

QOSHE - ¿Por qué es inconstitucional la ley de amnistía de Sánchez y Puigdemont? - Antonio Sánchez-Cervera
menu_open
Columnists Actual . Favourites . Archive
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close
Aa Aa Aa
- A +

¿Por qué es inconstitucional la ley de amnistía de Sánchez y Puigdemont?

2 0
07.12.2023

Porque vulnera directamente la Constitución Española de 1978, atacando a nuestro Estado de Derecho y, entre otros, a los principios básicos de la seguridad jurídica, la igualdad de todos los españoles y la independencia y exclusividad judicial.

Teniendo en cuenta que la amnistía supone el ejercicio de una facultad de gracia con arreglo a la ley, nuestra Constitución no contempla una medida de gracia general.

La pretendida ley arremete y asalta al Estado de Derecho en España porque no corresponde a los partidos dominar a este esencial principio de gobernanza, sino a las leyes........

© Periodista Digital


Get it on Google Play