El Ejecutivo ingresó a tramitación al Congreso Nacional su trilogía de proyectos de ley que pretenden modificar la institucionalidad ambiental y crear un nuevo sistema de permisos sectoriales. Tal como se indicó en su anuncio, lo que se busca principalmente con ellos es simplificar y reducir los tiempos de tramitación de los proyectos de inversión y entregar certeza a todos los actores involucrados en los procesos asociados a instrumentos de gestión ambiental. Sin embargo, al entrar al detalle, pareciera ser que muchos de esos objetivos no se cumplen e incluso se proponen modificaciones que pueden abrir algunos flancos. Por ejemplo, si revisamos el primero de los proyectos ingresados -el que modifica la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente-, hay algunos aspectos que merecen ser analizados con mayor detención.

Mucho se ha dicho que este proyecto de ley vendría a disminuir los plazos de tramitación de proyectos y a reducir el componente político del sistema de evaluación de impacto ambiental, al eliminar el Comité de Ministros y las comisiones de evaluación ambiental y radicar en la dirección ejecutiva del SEA la resolución de las reclamaciones administrativas. Sin embargo, al analizar datos del SEA, los mayores tiempos de tramitación se explican por el incesante aumento de los días de suspensión. Si bien estas suspensiones son solicitadas mayoritariamente por el titular del proyecto, responden, en parte, a la cantidad de observaciones que plantean los servicios públicos y que no es posible resolver en los plazos regulares del procedimiento. De este asunto, el proyecto pareciera no hacerse cargo. Además, el concentrar todas las facultades en una sola persona, dependiente del gobierno de turno, no reduce necesariamente el componente político.

Por otro lado, poco se ha dicho de los cambios que se introducen a la responsabilidad por daño al medioambiente. Para corregir asimetrías en el acceso a la justicia ambiental, se les da a los tribunales del área la facultad para distribuir la carga de la prueba, conforme a la disponibilidad y factibilidad probatoria de las partes del juicio. Esta norma presenta muchos riesgos. De partida, al ser una facultad discrecional del juez, ¿qué criterios utilizará para definir quién se encuentra en mejor posición de probar un hecho? Además, existe el riesgo de incentivar la litigación temeraria. En ese sentido, pareciera razonable evaluar primero su implementación, antes de aventurarse a incluirla en otros procedimientos más complejos. También confusa es la modificación al cómputo del plazo de prescripción, pues se proponen cinco años desde la “última manifestación evidente e íntegra del daño”. Con esta norma, ¿acaso no podría devenir en imprescriptible la acción?

Es de esperar que en la discusión legislativa se revisen estas modificaciones, pues pareciera que muchas de ellas no se condicen con los supuestos objetivos del proyecto.

Por Pilar Hazbun, coordinadora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de Libertad y Desarrollo

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Columna de Pilar Hazbun: Institucionalidad ambiental, lo que no se ha dicho

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19.02.2024

El Ejecutivo ingresó a tramitación al Congreso Nacional su trilogía de proyectos de ley que pretenden modificar la institucionalidad ambiental y crear un nuevo sistema de permisos sectoriales. Tal como se indicó en su anuncio, lo que se busca principalmente con ellos es simplificar y reducir los tiempos de tramitación de los proyectos de inversión y entregar certeza a todos los actores involucrados en los procesos asociados a instrumentos de gestión ambiental. Sin embargo, al entrar al detalle, pareciera ser que muchos de esos objetivos no se cumplen e incluso se proponen modificaciones que pueden abrir algunos flancos. Por ejemplo, si revisamos el primero de los proyectos ingresados -el que modifica la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente-, hay algunos aspectos que merecen ser........

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