20/11/2023 | 10:05

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De acuerdo con la mayoría de las teorías que abordan el concepto de la confianza, podríamos definirla como la suspensión temporal de la situación básica de incertidumbre acerca de las acciones de los semejantes; gracias a ella, es posible suponer un cierto grado de regularidad y predictibilidad en las acciones sociales, simplificando el funcionamiento de la sociedad, viéndose más o menos reforzada en función de las acciones y de valores. Los seres humanos tenemos una disposición natural a confiar y a juzgar la fiabilidad de los demás, situación que, por supuesto, se traslada al ámbito de las relaciones laborales, en el momento de la contratación de un empleado y el desarrollo posterior del contrato de trabajo.

Podemos convenir que la confianza es quebradiza y requiere un ejercicio constante que la apuntale. Por eso, es algo que lleva tiempo encontrar, es frágil, fácil de romper, fácil de perder y muy difícil de recuperar.

Un ejemplo de ello lo encontramos en la reciente sentencia del Tribunal Supremo del pasado 17 de octubre (rec. 5073/2022) en la que ratifica como procedente el despido disciplinario de la empleada de un supermercado que sustrajo un artículo de escasa cuantía.

El deber de actuar conforme a las reglas de la buena fe en preservación de la confianza entre las partes (obligación que afecta a la empresa y al empleado), es uno de los deberes laborales básicos a los que deben ajustar su actuación, es uno de los pilares sobre el que descansa la prestación laboral (y como decíamos antes la vida misma en sociedad) y de ahí que el legislador la configure en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores como incumplimiento contractual que puede ser objeto de sanción disciplinaria por la empresa.

Cuando el trabajador se apropia de bienes de la empresa en un supermercado, no es solo que con ello cause un perjuicio económico directo a la empresa, sino que compromete además la situación personal de los trabajadores que prestan servicio en el establecimiento en el que estaba hurtando los productos. Con todo, y al margen del mayor o menor perjuicio económico que suponga el valor de los objetos hurtados, lo relevante es, sin duda, que una vez detectada esa conducta difícilmente puede sostenerse que no se haya quebrado la confianza que la empresa deposita en la trabajadora que ocupa un puesto de trabajo como cajera.

Ante una conducta de esta naturaleza, lo razonable es que la empresa aplique algún tipo de sanción a la trabajadora que, con esos antecedentes, volvería a desempeñar esas funciones en su puesto de trabajo, pese a conocer que ya se ha apropiado de productos.

La pérdida de confianza y la transgresión de la buena fe es lo que justifica la sanción en los supuestos en los que se apropia de bienes de la empresa de escasa relevancia y mínimo valor económico, incluso en situaciones en las que pudiera no ocasionar prejuicio económico alguno. La escasa complejidad que tenga, en apariencia, el acto de apropiarse de los productos colocados en unas estanterías y sacarlos por la caja de auto-pago sin abonarlos, el dato cierto y objetivo es que la empleada actuó de manera intencionada, deliberada en perjuicio de su empresa, efectuando una conducta ilícita claramente contraria a derecho, lo que es bastante, para constatar una acción reprobable que faculta y legitima a la empresa para sancionarla con el despido.

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QOSHE - La confianza, ese concepto quebradizo - Iñigo Sagardoy
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La confianza, ese concepto quebradizo

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20.11.2023

20/11/2023 | 10:05

De acuerdo con la mayoría de las teorías que abordan el concepto de la confianza, podríamos definirla como la suspensión temporal de la situación básica de incertidumbre acerca de las acciones de los semejantes; gracias a ella, es posible suponer un cierto grado de regularidad y predictibilidad en las acciones sociales, simplificando el funcionamiento de la sociedad, viéndose más o menos reforzada en función de las acciones y de valores. Los seres humanos tenemos una disposición natural a confiar y a juzgar la fiabilidad de los demás, situación que, por supuesto, se traslada al ámbito de las relaciones laborales, en el momento de la contratación de un empleado y el desarrollo posterior del contrato de trabajo.

Podemos convenir que la confianza es quebradiza y requiere un ejercicio constante que la apuntale. Por eso, es algo que lleva........

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