Al hacer un análisis detallado al artículo encontramos una serie de aspectos a los cuales me referiré así: ¿a quién está dirigida la protección de este tipo penal?, con la respuesta a hombres y mujeres de cualquier edad. ¿Qué es lo que se protege, más no se prohíbe? Con la respuesta: El uso de sustancias no permitidas, quiere esto decir que previamente cualquier persona que considere realizar esta práctica tiene la obligación de consultar el listado del Ministerio de Salud de lo que él mismo considera “una sustancia modelante”, y si la sustancia que se pretende usar no aparecen en la lista y aun así la persona decide hacer uso de ella, ipso facto comete el delito; ahora bien, si quien usa la sustancia modelante no autorizada es un profesional de la salud la cuestión se complica aún más y la pena es mayor … Profesionales a realizar las cosas bien, a fin de frenar los múltiples casos que se presentan a diarios, la mayoría de ellos llevados por la vanidad de aumento o disminución de tetas, aumento de glúteos, rebajada de abdomen, moldeo de piernas, y otros más que aunque parezcan extraños son de carácter íntimo con resultados desastrosos, lamentables y con producción de secuelas irreversible. Si bien la norma penal pareciera dejar libre por así decirlo a la persona que pretenda hacer el procedimiento, esto no es cierto y ya hay un plazo perentorio de tres (3) meses a partir de entrar en vigencia la ley para que el Ejecutivo publique un listado de las instituciones y profesionales habilitados para la realización de procedimientos estéticos, el cual permita establecer entre otros su identificación, permisos de funcionamiento, procedimientos habilitados y sancionados por el ejercicio inadecuado de la profesión.

La consulta del listado será gratuita y en línea, lo cual indica que cualquiera puede consultarla; quedó establecido en La Ley 2316 de 2023, de manera ya expresa una prohibición inequívoca del uso de biopolímeros en procedimientos médicos y estéticos en Colombia. Esta medida busca salvaguardar la salud de los pacientes, alineándose con la creciente preocupación por los riesgos asociados con estas sustancias.

Los médicos deben tener en cuenta que cualquier empleo de biopolímeros se considera un incumplimiento legal y ético; y por último, como aspecto coercitivo quedó previsto en la ley que las sanciones disciplinarias permanecerán en el registro hasta por el término de cinco (5) años o por un término menor de acuerdo con lo dispuesto por la autoridad disciplinaria. Por su parte, las sanciones penales permanecerán en el registro hasta por el doble del término de la pena privativa de la libertad, o hasta por cinco años en casos de penas no privativas de la libertad.

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Lesiones con sustancias modelantes no permitidas

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20.03.2024

Al hacer un análisis detallado al artículo encontramos una serie de aspectos a los cuales me referiré así: ¿a quién está dirigida la protección de este tipo penal?, con la respuesta a hombres y mujeres de cualquier edad. ¿Qué es lo que se protege, más no se prohíbe? Con la respuesta: El uso de sustancias no permitidas, quiere esto decir que previamente cualquier persona que considere realizar esta práctica tiene la obligación de consultar el listado del Ministerio de Salud de lo que él mismo considera “una sustancia modelante”, y si la sustancia que se pretende usar no aparecen en la lista y aun así la persona decide hacer uso de ella, ipso facto comete el delito;........

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