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El silencio como defensa

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28.09.2025

Una reciente sentencia de la Corte Suprema de Justicia acaba de marcar un antes y un después en materia probatoria dentro del proceso penal. El alto tribunal sostuvo que las declaraciones dadas por el acusado, ya sea a terceros, en otros procesos o incluso dentro del mismo proceso con la advertencia del privilegio de no autoincriminarse, no tienen la connotación de prueba de referencia. En otras palabras, esas manifestaciones pueden ser incorporadas al juicio a través de los testigos que las escucharon o de los documentos en los que quedaron consignadas.

Dicho de manera sencilla: si un procesado habla por fuera del juicio, lo que diga podrá llegar al........

© El Heraldo