La función de la oposición en una democracia no es estorbar por inercia la acción del gobierno. La competencia plural presupone, sin duda, lucha, contraste, desacuerdo, disensión. La razón alumbra cuando las visiones se ponderan dialécticamente. Pero las oposiciones democráticas tienen deberes republicanos más allá de la derrota temporal de la mayoría política: expresan las diferentes opiniones y sensibilidades políticas de una sociedad; ejercen el control y la fiscalización del gobierno; promueven la participación política; cuidan la supremacía de la Constitución y la efectividad de los derechos; concurren con sus votos a la consecución de bienes públicos, pero también se hacen cargo de evitar los males mayores.

Por primera vez desde la reforma que convirtió a la Suprema Corte de Justicia en un tribunal constitucional, el Presidente suplió por sí una vacante. Un sitial que, por cierto, se suscitó por una ominosa indignidad. El Ejecutivo usó un mecanismo constitucional que está diseñado para romper la obstrucción del Senado. La Constitución procura la plena integración de los poderes públicos, por eso en el caso de la Corte, después de dos rondas fallidas sin resolución, el Presidente adquiere la facultad de nombrar. Esta cláusula de desbloqueo pretende modificar los incentivos a la cooperación: puede haber un resultado mejor que aquel en el que los jugadores sostienen una posición suma cero. La regla promueve precisamente la optimización del disenso.

La oposición en el Senado ganó una batalla testimonial e irrelevante. Al presidente López Obrador le tiene sin cuidado el costo en legitimidad de su decisión. Sabe de la importancia de colonizar la Corte con perfiles política e ideológicamente leales. El costo de la obstrucción inútil es la ruptura de equilibrios institucionales. ¿No podría encontrarse en las ternas un mejor perfil? ¿El acuerdo plural no podría liberar al designado de compromisos de origen? ¿No se pudo ponderar en el tablero de los costos y beneficios el impacto, por ejemplo, en la conformación de las salas de la Corte? ¿El poder que una ministra instructora puede ejercer? ¿Es más importante esos segundos de TikTok mostrando furia opositora que la autonomía e independencia del Poder Judicial?

Negociar y acordar desde la oposición no es claudicación ni complicidad. Sobre todo, cuando hay intereses superiores en disputa. De hecho, en contextos en los que el partido en el gobierno tiene mayorías anchas en el parlamento, las decisiones que exigen mayorías agravadas son la oportunidad de la oposición para impulsar y lograr su agenda. ¿Ya se nos olvidó que negociando en este tipo de coyunturas la oposición arrancó las reformas electorales que detonaron la transición democrática y las alternancias políticas, la estabilidad económica, las autonomías, la apertura de mercados y un largo etcétera?

Bobbio afirmaba que la oposición es una garantía de la democracia. La fuerza que impide que el gobierno se convierta en dictadura. Defender con responsabilidad los principios democráticos. Exactamente lo contrario a mandar al diablo a las instituciones por una balandronada de ocasión.

QOSHE - Oposición y dictadura - Roberto Gil Zuarth
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Oposición y dictadura

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21.12.2023

La función de la oposición en una democracia no es estorbar por inercia la acción del gobierno. La competencia plural presupone, sin duda, lucha, contraste, desacuerdo, disensión. La razón alumbra cuando las visiones se ponderan dialécticamente. Pero las oposiciones democráticas tienen deberes republicanos más allá de la derrota temporal de la mayoría política: expresan las diferentes opiniones y sensibilidades políticas de una sociedad; ejercen el control y la fiscalización del gobierno; promueven la participación política; cuidan la supremacía de la Constitución y la efectividad de los derechos; concurren con sus votos a la consecución de bienes públicos, pero también se hacen cargo de evitar los males mayores.

Por primera vez desde la reforma que convirtió a la........

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