Respeto profundamente la libertad de expresión. La importancia que reviste un editorial de El Espectador, titulado “¿Por qué seguimos sin contralor?”, me lleva a levantar el silencio que he guardado durante varios meses. Un asunto sobre el cual allí nada se dijo son los fundamentos para presentar la acción de tutela contra el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado que el pasado 25 de mayo de 2023 anuló mi elección como contralor general de la República.

Estimo necesario informar a los lectores de este diario sobre los fundamentos de la tutela que presenté ante la jurisdicción constitucional en defensa de mis derechos fundamentales. Sintetizo los tres grandes aspectos de esa demanda:

Primero, desconoció el principio del mérito. El fallo tutelado no valoró las implicaciones que tenía el haber ocupado el primer lugar en la prueba de conocimientos; así, la inclusión en la lista de elegibles estaba asegurada. En cualquier escenario, bien bajo las reglas iniciales o según las reglas que ajustó la presidencia del Congreso, igual yo tenía la oportunidad de ser elegido por estar en la lista de los 10 seleccionados.

Segundo, el Consejo de Estado no justificó la trascendencia de las anomalías en el trámite. Ante esa omisión incurrió en un exceso de ritualismo, con lo cual se apartó de sus propios precedentes sin argumentación suficiente. La Corte Constitucional y el mismo Consejo han reiterado que irregularidades subsanables o inocuas no vician el procedimiento. Menos aún afectan una decisión de tanta importancia del principal órgano de representación popular.

Tercero, el fallo cuestionado aplicó de manera errada una norma del reglamento del Congreso en perjuicio de otra norma contenida en la ley que específicamente regula la selección y elección del contralor. Así, se desconoció que, en materia de las funciones electorales del Congreso, todos los días son hábiles.

En síntesis, he promovido las acciones jurídicas pertinentes, porque con base en el principio de confianza legítima acaté y respeté todos los parámetros dispuestos por los organismos competentes. Si se trata de que prevalezcan el mérito, la experiencia y la idoneidad para el desempeño de las funciones públicas, no considero justo que por vicios de forma intrascendentes se afecten mis derechos fundamentales, como mi buen nombre y reputación ética y profesional.

Creo profundamente en la institucionalidad y en la seguridad jurídica de nuestro Estado de derecho. No existe ninguna dilación injustificada, como lo sugiere el editorial. El Consejo de Estado negó la tutela a la que me referí y la Corte Constitucional con criterios técnicos de selección optó por el estudio del caso.

Por último, en una democracia decisiones de esta magnitud requieren tiempo para su ponderación. La celeridad puede perturbar un juicio reflexivo.

Carlos Hernán Rodríguez Becerra.

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A manera de antieditorial: el derecho que le asiste a un contralor

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26.01.2024

Respeto profundamente la libertad de expresión. La importancia que reviste un editorial de El Espectador, titulado “¿Por qué seguimos sin contralor?”, me lleva a levantar el silencio que he guardado durante varios meses. Un asunto sobre el cual allí nada se dijo son los fundamentos para presentar la acción de tutela contra el fallo de la Sección Quinta del Consejo de Estado que el pasado 25 de mayo de 2023 anuló mi elección como contralor general de la República.

Estimo necesario informar a los lectores de este diario sobre los fundamentos de la tutela que presenté ante la jurisdicción constitucional en defensa de mis derechos fundamentales. Sintetizo los tres grandes aspectos de esa demanda:

Primero,........

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