León Sarcos: La libertad ni nace ni se conquista, se aprende
Suscribo el concepto del gran Montaigne, cuando dijo que la libertad consiste en el dominio absoluto de sí mismo, por lo que faltan muchos siglos a la humanidad para aproximarse a ese estadio. Para Octavio Paz, la poesía es el punto de intersección entre el poder divino y la libertad humana. Desde el ángulo místico de las letras esta opinión tiene mucha pertinencia.
Víctor Frankl, desde la perspectiva psiquiátrica, resulta esclarecedor cuando afirma: Entre el estímulo y la respuesta hay un espacio. En ese espacio está el poder de elegir nuestra respuesta. En nuestra respuesta yace nuestro crecimiento y nuestra libertad.
El descubrimiento de la libertad, para mí, siempre corrió en paralelo con la noción de los orígenes de la vida. En la medida en que conozco más planos del ser humano y su evolución, más me convenzo de que el nacimiento está ligado con un largo viaje que hacemos desde otro espacio que aún no puedo identificar, pero que simplemente siento, intuyo, nos condiciona, cuando por primera vez nos enfrentamos a la luz, para ser visitantes binarios o no binarios y donde no cuenta el registro de género de aquel mundo.
Libertad exterior y libertad interior
Dimensión esta a la que arribamos, para ponernos a prueba y relacionarnos con los otros, en dos ámbitos. Por una parte, en la búsqueda y realización de la libertad externa, ejercida mediante instituciones, en la que nos toca lidiar socialmente y hacer vida pública. La otra, personal e interior, que corresponde a los límites que impone la moral y la ética a la vida íntima, y que constituye la domesticación, regulación y educación de los muchísimos otros animales que llevamos por dentro.
Ordenar, organizar, experimentar y armonizar esas dos esferas existenciales, constituye el sorprendente, desafiante, a veces escabroso y en otras ocasiones dichoso, creativo y esperanzador camino a la libertad.
Para mí, la libertad ni nace ni se otorga ni se conquista, simplemente se aprende. Siento que es la fase que le toca transitar a la humanidad; es la única forma sentida y razonada de conciliar las diferencias, administrar intereses y visiones, justicia universal, una paz perpetua entre las naciones y la realización plena del espíritu.
La libertad que legitima las instituciones y la organización político-social
Esas dos categorías de la libertad, externa e interna, están expresadas de formas teóricas de la siguiente manera. La primera, para contextualizarla, surge del Estado de derecho que coincide con el final del absolutismo y la emergencia de una conjunción de clases –entre el siglo XVIII y principios del XIX– que a partir de la Ilustración impulsan reclamos políticos, económicos y sociales que determinan una transformación radical en la sociedad y en el concepto de Estado.
La proclamación consciente y efectiva del Estado de derecho se logró a través de las dos grandes revoluciones: la Declaración de Independencia de los Estados Unidos en 1776 y la firma de la primera y única Constitución en 1787, y la Revolución Francesa en 1789, que bajo el lema libertad, igualdad y fraternidad hizo posible la promulgación de la primera Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
La proclamación del Estado Constitucional o Estado de derecho tiene sus dos principales fundamentos en las garantías individuales y en la separación de poderes, destinadas a la salvaguarda de la libertad. Esta es expresada en la organización de un determinado orden político: el Estado liberal y democrático que después evolucionaría al Estado de bienestar, hoy llamado Estado social y democrático de derecho.
La libertad externa depende de la normativa que la sociedad haya acordado o impuesto, es una libertad bajo coerción sujeta a ley, que genera deberes y también derechos.
La libertad individual, que depende de la moral y la ética de cada quien
La segunda, la libertad interior, depende de cada uno; por muy condicionada que esté, es autónoma, no sometida de forma determinante por causas externas. Cuando a un individuo le toca decidir entre más de una opción para realizar, el sujeto tiene que elegir bajo premisas morales cuál de ellas es la más acertada para sentirse a tono con la valoración ética de su proyecto de libertad.
La libertad interior requiere capacidad para deliberar con suficiente calificación de los motivos y con autonomía de la voluntad de cualquier impulso interno determinante. Es la posibilidad de autodeterminarse bajo ningún condicionante inmoral o contrario a sus inclinaciones naturales que afecte su libertad.
En este sentido, el grado de libertad interior dependerá fundamentalmente de los valores y aptitudes arraigadas genéticamente, nutridos por una buena educación, estimulados por una sólida autoestima y un carácter flexible, tolerante y respetuoso frente a la condición humana, la vida, las preferencias políticas, religiosas, sexuales e ideológicas de cada ser.
No es igual tolerar, que puede ser a regañadientes, comprimiendo el odio, como sucede generalmente, que tolerar y procesar afectuosamente las diferencias con los otros. Siempre que no atenten contra la condición y la dignidad humana.
Tanto la libertad exterior como la interior, son parte de un largo e intenso proceso de aprendizaje que nace en el hogar, donde se nos impone por tradición, a través de la religión y la educación, valores y principios que después, nuestra propia experiencia y el conocimiento adquirido, nos advertirán que muchas de esas ideas que recibimos de nuestros padres y maestros no encajan ahora con nuestra exclusiva presente visión de la libertad.
Los Derechos del Hombre y del Ciudadano
El 26 de agosto de 1789, la Asamblea Nacional Constituyente francesa aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que constituyó la base de la Declaración de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Podemos afirmar que después de las dos grandes revoluciones, la estadounidense y la francesa, casi todas las constituciones del mundo occidental tomaron principios y se inspiraron en los Derechos del Hombre y del Ciudadano y en las dos constituciones elaboradas por los representantes populares de aquellas dos naciones.
La libertad constituye, para los grandes juristas, una exigencia indeclinable del espíritu humano y un supuesto incondicional de su dignidad; pero señalan al mismo tiempo que su establecimiento en la vida social está siempre expuesta a riesgo, de tal manera que su implantación requiere una enorme fuerza de voluntad y su defensa una celosa y rigurosa vigilancia.
Esta sentida advertencia solemos olvidarla y luego que sucumbe, se hace muy difícil recuperarla. En 1948, después de finalizada la Segunda Guerra Mundial, por primera vez los países acordaron una lista exhaustiva de derechos humanos inalienables. En diciembre de ese año, la Asamblea General de Naciones Unidas, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR), un texto histórico que influyó enormemente en el desarrollo de la legislación internacional de derechos humanos, porque amplió derechos y especificó alcances.
En diciembre de 1966, la misma Naciones Unidas adoptó dos tratados internacionales que dieron aún más forma a los derechos humanos internacionales: el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Ambos tratados establecen los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales a los que todo el mundo tiene derecho. Los dos entraron en vigencia a partir de protocolos facultativos en 1976.
La expresión práctica de la libertad
Esos derechos políticos, sociales, económicos y culturales se encuentran acordados en las constituciones de los distintos estados democráticos de occidente. Por ellas se rige la vida de los ciudadanos mediante deberes y derechos de obligado cumplimiento.........
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