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El poder judicial se pasa de la raya

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03.10.2026

La división clásica de poderes del Estado separa tres grandes funciones, la legislativa, la ejecutiva y la judicial, y fue propuesta por el pensador Montesquieu, hará casi 300 años, para evitar la tiranía y garantizar la libertad. Aplicado a la actualidad, el poder legislativo saca leyes y el poder judicial dicta sentencias; pero el poder ejecutivo tiene un amplísimo espectro de funciones mucho más concretas y diversificadas: presupuestos, gasto público, empresas públicas, subvenciones, regulaciones, inspecciones, servicios públicos (sanidad, educación…), seguridad (policía, prisiones…), inteligencia, impuestos, endeudamiento, ordenación del territorio, infraestructuras, energía, competencia, medioambiente, información estadística y registral, entre otros. Hay que decir que las funciones legislativas y ejecutivas no son solo del poder central (Madrid, en nuestro caso), sino que, aplicadas a su escala, también corresponden a la Generalitat y los ayuntamientos catalanes; no en vano son Estado.

A los tres poderes indicados habría que añadir los poderes "fácticos", que no son del Estado, pero que intentan influir y condicionar sus decisiones. ¿Cuáles son estos poderes? Pues los más conocidos son el del sistema productivo (patronales, asociaciones, sindicatos, tercer sector…), el poder financiero, los medios de comunicación y, más recientemente, las redes sociales, que cada vez tienen más capacidad de influencia.

A pesar de la estructura teórica que acabamos de describir, no siempre cada poder respeta los límites que tiene asignados. Por ejemplo, en una democracia........

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