¿Cuándo deja de ser excepcional el Estado de excepción?
El pasado lunes 14 de septiembre, el Gobierno aprobó el DS 5707, que extenderá por unos 90 días el estado de excepción que comenzó el 20 de junio. Su aprobación se vio envuelta en un panorama de polarización y dudas entre los legisladores. Desde la bancada de Unidad, Juan Del Granado afirmó que no existen razones para ampliar la medida y remarcó que se requiere una autorización previa de la Asamblea Legislativa Plurinacional y, en suma, citó el artículo de la Carta Magna, mismo que señala que, una vez finalizado el estado de excepción, no podrá declararse otro dentro del siguiente año, salvo que exista una “autorización legislativa previa” (ERBOL, 2026a). Por otro lado, desde el Senado, José Luis Ormachea había adelantado el rechazo de su bancada a la medida, exigiendo razones a la administración Paz para solicitar una nueva prórroga (ERBOL, 2026b).
Ahora bien, más allá de que el DS 5707 vaya en contra de la misma Constitución, como señalaba Del Granado, existe una paradoja en torno a la ampliación del estado de excepción. Precisamente, esta institución existe porque hay una situación extraordinaria que no puede enfrentarse adecuadamente mediante los mecanismos ordinarios........
