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La reforma laboral

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16.10.2024

El artículo 25 de la Constitución declara: “El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”.

La Corte Constitucional ha subrayado la intangibilidad del trabajo, como expresión de la dignidad humana: “La especial protección estatal que se exige para el trabajo alude a conductas positivas de las autoridades (…), de modo que quienes lo desarrollan (los trabajadores) puedan contar con suficientes oportunidades para acceder a él y con elementos indispensables para derivar de su estable ejercicio el sustento propio y familiar”. (Sentencia C-479/92).

Desde 1991-tras la promulgación de la Carta Política-, el Congreso ha debido cumplir lo ordenado en su artículo 53 y tramitar un........

© El Nuevo Siglo Bogotá


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