No existe la menor duda: desde hace treinta años en 1994, la Corte Constitucional dictó la sentencia que en Colombia despenalizó el consumo de estupefacientes, la llamada dosis mínima permitida, invocando la norma constitucional que garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Tampoco existe discusión alguna de que la tenencia de estupefacientes para su distribución, a gran escala o a una escala menor, el llamado microtráfico, está prohibido y configura un delito.

El problema lo marca un estadio nebuloso entre los dos espacios, del que se aprovechan los distribuidores, que camuflados en el derecho a la “dosis mínima”, realizan un microtráfico en las ciudades, acercándose a los colegios, parques y sitios públicos. Esta labor es prohibida y quienes la realizan deben ser penalizados.

La dificultad en la práctica estriba en como reprimir y penalizar ese microtráfico, tenencia para la distribución, sin afectar el derecho de los consumidores a su dosis mínima.

El presidente Iván Duque, a dos meses de iniciar su gobierno, estimó que la mejor forma de eliminar ese mal mayor era utilizando la potestad reglamentaria, que le otorga la Constitución al jefe de Estado para llevar las leyes a su ejecución práctica y expidió en octubre de 2018, el Decreto 1844 reglamentando el Código de Policía, y facultando a este cuerpo para imponer sanciones con multa, a aquellos “comportamientos contrarios a la convivencia relacionados con el porte de sustancias estupefacientes o sicotrópicas”.

¿Se logró o no con el Decreto lo que se proponía el gobierno de combatir el microtráfico?, es lo que está por verse. Los delitos no se reprimen con la adopción de normas, sino con la certeza en la aplicación de las penas a los delincuentes y para ello hay que investigar, capturar a los pillos y probar su delito para que un juez los condene. Personalmente creo que la eficacia material de dicho decreto reglamentario deja mucho que desear.

Ahora, viene el Gobierno Petro y alardeando de su vocación de proteger las libertades, incluso la de los consumidores de droga y advirtiendo que la política correcta debe ser la de reprimir los grandes capos y no molestar a los consumidores, deroga el pasado 9 de diciembre, el decreto presidencial de Duque; plenamente facultado, pues decreto tumba decreto.

En el fondo son dos posturas políticas diferentes, de cómo atacar un problema social: el microtráfico que envenena nuestros muchachos y le da sustento a una industria criminal. Estimo que con el decreto o sin él, el mundo va a seguir igual, pues no es con multas que se va a terminar el narcotráfico.

Precisamos de una estrategia fuerte contra el microtráfico y el expendio de drogas en las poblaciones, hay leyes suficientes que penalizan las conductas; más acción de la policía y de los órganos de investigación es lo que reclama la sociedad colombiana para combatir los grupos de delincuentes que se vienen tomando nuestras ciudades.

Más acción y menos política.

QOSHE - Consumo y microtráfico - Jaime A. Arrubla
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Consumo y microtráfico

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14.12.2023

No existe la menor duda: desde hace treinta años en 1994, la Corte Constitucional dictó la sentencia que en Colombia despenalizó el consumo de estupefacientes, la llamada dosis mínima permitida, invocando la norma constitucional que garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Tampoco existe discusión alguna de que la tenencia de estupefacientes para su distribución, a gran escala o a una escala menor, el llamado microtráfico, está prohibido y configura un delito.

El problema lo marca un estadio nebuloso entre los dos espacios, del que se aprovechan los distribuidores, que camuflados en el derecho a la “dosis mínima”, realizan un microtráfico en las ciudades, acercándose a los colegios, parques y sitios públicos. Esta........

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