El Pacto Verde Europeo establecido mediante la Comunicación de la Comisión Europea, de 11 de diciembre de 2019, tuvo su continuidad con el Reglamento (UE) 2021/1119 que fijó el objetivo de neutralidad climática de la Unión para el año 2050, y un objetivo intermedio de reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero de al menos el 55% con respecto a los niveles de 1990 en el año 2030. Un objetivo de neutralidad climática que requiere una transición energética, lo que determina una proporción significativamente mayor de energía procedente de fuentes renovables. Otro paso importante en ese camino es la reciente Directiva (UE) 2023/2413, de 18 de octubre de 2023, que ha de ser objeto de transposición por España antes del 21 de mayo de 2025, la cual modifica la Directiva de Energías Renovables para la fijación de nuevos objetivos para los Estados miembros de producción de energías renovables. En primer lugar, que la cuota de energía procedente de fuentes renovables debe ser, al menos, el 42,5% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030. No obstante, en segundo término, ha de procurarse incrementar la citada cuota de energía procedente de fuentes renovables hasta el 45% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030 y que los Estados fijen un objetivo indicativo de tecnología innovadora de energía renovable de, al menos, el 5% de la nueva capacidad instalada de energía renovable en 2030. La nueva Directiva de Energías Renovables, que ha de transponerse también antes del 21 de mayo de 2025, establece asimismo que los Estados han de llevar cabo una cartografía coordinada del despliegue de energías renovables en su territorio, a fin de determinar el potencial de cada Estado y las zonas que sean necesarias para cubrir, al menos, sus contribuciones nacionales a la consecución del objetivo global de la Unión en materia de energías renovables para 2030. Por otra parte, la indicada Directiva es consciente de la excesiva duración de los procedimientos administrativos de concesión de las autorizaciones para la realización de la inversión en proyectos de energías renovables, por lo que introduce el concepto de zonas de aceleración renovable. Zonas que son las ubicaciones que un Estado ha designado como especialmente adecuado para la instalación de plantas de energías renovables. Por último, a fin de acelerar los procedimientos de concesión de autorizaciones a una escala necesaria para la consecución del objetivo indicado en materia de energías renovables, se simplificarán y racionalizarán los procedimientos de concesión de autorizaciones.

En España, el 41,3% de toda la energía que se generó en España en el año 2022 fue renovable, siendo la fotovoltaica el 10,8% del total. Los datos oficiales de Red Eléctrica Española determinan que la potencia solar fotovoltaica se ha triplicado en los últimos años, así en el año 2019 esa potencia era de 4.767 MW (Megavatios), de 15.190 MW a finales de 2021 y de 18.214 MW en 2022, lo que ha supuesto un incremento interanual del 31,99%. En Castilla y León la potencia solar fotovoltaica instalada se situó en 1.452 MW en 2022, para incrementarse hasta los 1.849 MW en 2023, con unos incrementos anuales del 39,9% en 2022 y del 27,3% en 2023, de modo que se ha duplicado dicha potencia desde el año 2020, prueba del auge del sector de las fotovoltaicas en nuestra Comunidad. En el año 2022 por el contrario, la potencia solar fotovoltaica en Segovia era de solo 84 MW, un 6% del total de la Comunidad de Castilla y León. Un dato muy reducido si lo comparamos con el potencial que Segovia tiene en este sector. Una situación que puede cambiar de acuerdo con los planes de nuevas centrales fotovoltaicas como la de Abades-Valverde en construcción o la programada en Marazuela-Añe.

La energía solar constituye la fuente de energía más limpia y sostenible, y que jugará un papel muy importante en los próximos años para garantizar la suficiencia energética de nuestro país. El sector fotovoltaico emplea a casi 200.000 trabajadores en España y representa un 1,1% del Pib nacional, además constituye claramente una oportunidad para el desarrollo económico de Segovia. Hasta el año 2030 está previsto instalar 51.000 MW nuevos en España, una progresión acentuada con la próxima simplificación de los trámites administrativos para el otorgamiento de nuevas autorizaciones para el cumplimiento de los objetivos medioambientales a nivel europeo, por lo que la Junta de Castilla y León, junto con la Diputación Provincial de Segovia y las entidades interesadas, deberían identificar a corto plazo los terrenos de la provincia de Segovia especialmente adecuados para la instalación de plantas de energías renovables con la finalidad de motivar la implantación de este tipo de empresas con futuro en nuestra provincia. Las posibilidades de generación de empleo, como instaladores, productores y fabricantes, son inmensas, a parte de que la energía eléctrica de origen fotovoltaico producida puede utilizarse para el autoconsumo y para el desarrollo de nuevas actividades económicas como la producción de biogás, de hidrógeno limpio, etc. Nuevas actividades que pueden sacar a Segovia de su tradicional letargo económico.

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Nuevos objetivos para las fuentes de energías renovables en Segovia

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08.01.2024

El Pacto Verde Europeo establecido mediante la Comunicación de la Comisión Europea, de 11 de diciembre de 2019, tuvo su continuidad con el Reglamento (UE) 2021/1119 que fijó el objetivo de neutralidad climática de la Unión para el año 2050, y un objetivo intermedio de reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero de al menos el 55% con respecto a los niveles de 1990 en el año 2030. Un objetivo de neutralidad climática que requiere una transición energética, lo que determina una proporción significativamente mayor de energía procedente de fuentes renovables. Otro paso importante en ese camino es la reciente Directiva (UE) 2023/2413, de 18 de octubre de 2023, que ha de ser objeto de transposición por España antes del 21 de mayo de 2025, la cual modifica la Directiva de Energías Renovables para la fijación de nuevos objetivos para los Estados miembros de producción de energías renovables. En primer lugar, que la cuota de energía procedente de fuentes renovables debe ser, al menos, el 42,5% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030. No obstante, en segundo término, ha de procurarse incrementar la citada cuota de energía procedente de fuentes renovables hasta el 45% del consumo final bruto de energía de la Unión en 2030 y que los Estados fijen un objetivo........

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