Luis Barragán: Escolticia de tránsito
Es lo más natural, ¿no? Una persona revestida de autoridad que dirija y ponga orden en el tránsito terrestre, e, incluso, en momentos excepcionales, como el paso de un elevadísimo funcionario, o su equivalente, proveniente del extranjero, por un justificado apremio, y que razonables motivos de seguridad que son de Estado, tenga prioridad frente a los restantes ciudadanos que se desplazan.
Del excepcional momento en el que se detiene el tráfico automotor y peatonal, no habría mayores molestias para la persona común que puede, en primer lugar, distinguir que no ha habido un accidente que lo obligue inmediatamente a tomar previsiones, incluyendo la posibilidad de huir del sitio; en segundo lugar, ha de generarle confianza que se trate efectivamente de una autoridad competente que debe responder por sus actuaciones, y no de un delincuente; o, en tercer lugar, incapaz de prolongar innecesariamente la justificada medida que falta a las normas, como las indicaciones del........
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