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Los suplentes del Consejo de Administración
Una polémica frecuente al nombrar los consejos de administración en las asambleas generales es definir cuando actúan los principales y los suplentes. Veamos algunas claridades necesarias sobre este tema:
1. Los suplentes sólo actúan cuando el principal no asiste.
2. La calidad de principal o suplente lo determina la asamblea general de copropietarios, en ningún momento los mismos miembros del consejo.
3. Los suplentes no deberían tener cargos permanentes dentro de este órgano colegiado.
4. Estos pueden ser personales o numéricos. Son personales cuando la elección se hace por medio de cociente electoral o nombramiento de planchas, y serán numéricos cuando la........
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