Educación pública y demanda insatisfecha
Mucho se ha escuchado de parte de las autoridades del Gobierno acerca de la importancia de alcanzar acuerdos, pero es imprescindible que estos se logren por medio de negociaciones basadas en una auténtica buena fe, en donde exista la intención real de cumplir con lo que se acuerda.
La pérdida de clases en Atacama durante el segundo semestre de 2023, producto de la crisis en la educación pública, evidenció las dificultades que tienen las familias de nuestro país para optar por escuelas de mayor calidad cuando se encuentran disconformes con las alternativas existentes o cuando, derechamente, se ven impedidas de la provisión del servicio educativo.
Lo ocurrido dio pie para que, en el marco de la discusión presupuestaria para el año 2024, se analizara la pertinencia de tener una norma como la establecida en el artículo 8 de la Ley de Subvenciones –que fue introducida por la Ley de Inclusión Escolar–, la cual, al exigir que se acredite la existencia de una demanda insatisfecha, que no pueda ser cubierta por medio de otros establecimientos, obstaculiza el proceso de creación de nuevos colegios particulares subvencionados que puedan proveer de........© el mostrador
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