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Tareas Políticas (y 2)

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30.05.2026

La semana pasada, a raíz de mi participación en un evento organizado por Amnistía Internacional −Jornada de Derechos Humanos, para una Agenda Nacional−, inicié una reflexión sobre dos temas que he venido tratando: voto y emigración, y que el evento me proporcionó la oportunidad de integrar y sintetizar. Comencé con una descripción de las dificultades que enfrentan los venezolanos en el exterior para ejercer su derecho político al voto, desde el punto de vista jurídico, práctico y político, y me propongo examinar ahora algunas soluciones a esas dificultades.

Dificultades Jurídicas:

En la legislación electoral hay muchas cosas que reformar; se trata de una legislación atrasada, diseñada para un país que ya no existe; sobre todo para un país que cuenta con otra Venezuela fuera de nuestras fronteras, pues actualmente casi un tercio de la población venezolana vive fuera del país. Esta inmensa población −que supera en número a la población total de treinta y dos países europeos y diecinueve de Latinoamérica y el Caribe− está hoy privada del derecho al voto y en ese tema nos debemos concentrar.

Como ya señalé en mi artículo de la semana pasada (ver https://bit.ly/4dAXrAB), jurídicamente hablando la principal restricción se concentra en la inconstitucionalidad del Artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y artículos correspondientes del Reglamento (RLOPRE), que en síntesis establecen una discriminación entre venezolanos, al privar de ese derecho político a los que están en el exterior, con base, además, en lo que la legislación de otro país determine acerca de qué es «residencia legal».

La propuesta para solucionar esta dificultad es adoptar una de varias opciones posibles:

Una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que «desaplique» el artículo 124 de la LOPRE o lo declare inconstitucional.

Que la Asamblea Nacional (AN) modifique la LOPRE; y

Modificar el Reglamento, lo que puede hacer el Consejo Nacional Electoral.

Desde luego, esto solo podrá ser posible a partir o como producto de un «acuerdo político» para realizar elecciones; y el CNE que modifique el Reglamento no sería el actual, sino un nuevo CNE que se nombre por consenso, a partir también de ese «acuerdo político».

También con relación a las dificultades jurídicas a ser superadas, pero ahora con respecto a la votación como tal y al Registro Electoral (RE), con base en que en el exterior no se puede obtener la cédula de identidad (CI), se debe permitir que por vía de excepción se utilice el pasaporte en vez de la CI para los actos electorales; lo que implicaría desaplicar el artículo 25, párrafo 2, de la LOPRE, que es el que establece que la CI «…laminada, aun cuando esté vencida… único documento válido para el ejercicio del derecho al sufragio”. Y para registrarse o actualizar el RE.

Dificultades Prácticas

De momento, la mayor dificultad práctica, sobre la que se debe actuar de manera inmediata, es la inscripción y actualización del RE, mientras se implementan los otros cambios, producto del “acuerdo político” que hay que lograr.

El RE, que es una pieza fundamental del proceso y como ya dije en mi artículo anterior, está severamente limitado y sujeto a una normativa atrasada, pensada para un país en el que no había una gran emigración y, como sabemos, de acuerdo con el artículo 27 del RLOPRE y decisiones habituales del CNE, está supeditado a que se realice en embajadas o consulados, que tienen escasa capacidad para administrar este mecanismo, no cuentan con recursos ni personal y, en muchas ocasiones, tampoco con la disposición ni instrucciones para realizar esta tarea.

La solución de largo alcance, que debe ser también objeto del «acuerdo político», es comenzar a implantar un RE telemático, por Internet, con las facilidades tecnológicas de hoy en día y con base en la experiencia de la Elección Primaria de 2023.

Experiencia de la Primaria 2023

En esa ocasión, seleccionamos 81 ciudades en donde se votaría, para que quienes residieran en ellas o en su zona de influencia actualizaran su RE. Sabíamos, por información que nos facilitaron las autoridades de esos países, que en esas ciudades había unos seis millones de venezolanos y que de esos unos tres o cuatro millones tenían derecho al voto y estaban registrados para hacerlo en Venezuela. En apenas seis semanas, con pocos recursos y casi sin publicidad, logramos registrar 370 mil electores, 61 mil por semana, 8 mil diarios. Aplicando mecánicamente esos resultados, con ese ritmo de inscripción, para unos cuatro millones y medio de venezolanos que tienen derecho al voto en el exterior, se necesitarían 74 semanas, 18 meses, más de año y medio. Obviamente con más recursos y tiempo esto se puede mejorar; pero debemos estar conscientes de que esta solución no es inmediata, requiere de tiempo para desarrollarse y habría que preguntarse: ¿vale la pena esperar, supeditar el proceso electoral a que se resuelva el tema del RE en el exterior? La respuesta es sí, aun sabiendo que esto no resolverá el problema de manera definitiva, pues conocemos que no todos acudirán a registrarse o actualizar el registro y que no todos los que lo hagan acudirán a votar. En la Primaria 2023 acudió a votar el 37% de los registrados y fue un éxito rotundo; en Venezuela votó el 12% y sabemos que en los procesos de primarias solamente vota un 8 o 10% de los electores. De lograrse el mismo porcentaje de la Primaria 2023, estaríamos hablando de uno y medio o dos millones de electores en el exterior; que es una cifra significativa; pero, más importante, se........

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