Hipocresía animalista
El activismo desbordado de los grupos antitaurinos, no tiene el propósito de proteger a los animales, sino de dañar a las personas pertenecientes a una minoría discriminada, a la que se le descalifica con lenguaje de odio por mantener su apego a la tradición de la tauromaquia.
La Norma Oficial Mexicana NOM-033-SAG/ZOO-2014 que sirvió de base para suspender por orden judicial la corrida del 21 de marzo en San Juan del Río, supuestamente para proteger a los toros que habrían de lidiarse, describe el humanitario procedimiento para dar muerte a un toro en el rastro. Este empieza por conducirlo sin ninguna posibilidad de defensa al sitio de su muerte; si se rehúsa a moverse se le aplican descargas eléctricas. Se procede después a su “aturdimiento”. Nótese que no se le anestesia, se le “aturde”mediante el disparo de un cartucho en un punto de la frente impreciso, pues “varía dependiendo de la forma de la cabeza y la ubicación de los cuernos”. En caso de que el disparo se ejecute correctamente el animal se convulsionará por unos 35 segundos y después vendrá una fase de “mínimo de patadas” por tiempo indeterminado. Pero si se ejecuta mal y el aturdimiento es inadecuado, la Norma prevé que cuando ya se encuentre colgando de un gancho........
