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El notario de fe pública en la prevención de conflictos

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06.02.2026

A partir de la promulgación de la Ley No. 483, el notario de fe pública adquiere relevancia especial en cuanto a la prevención de conflictos, pasando de ser un simple transcriptor a autor de los documentos notariales que extiende, teniendo atribuciones de interpretación en cuanto a la voluntad de los usuarios, asesoramiento en caso necesario y además comprobar los requisitos para la realización de ciertos actos o contratos, así lo establece la normativa notarial. El legislador ha puesto especial énfasis en cuanto al papel del Notariado en la prevención de conflictos. Es necesario resaltar que este tema no solamente compete al sistema judicial, como comúnmente se suele entender, sino también a diferentes actores e instituciones desde el nivel económico, político, social, judicial; entre ellos se encuentra el notario que, al ser portador de la fe pública, se entiende que su actuar se enmarca en el resguardo del interés colectivo y la prevención de conflictos.

Los principios que rigen la actividad notarial otorgan el marco para que ese funcionario pueda ser garante de seguridad jurídica y contribuir a la prevención de litigios. El principio de legalidad que rige la actuación del notario de fe pública........

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