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¿Qué impacto tiene la medida que propone facultar a la PNP para iniciar investigaciones preliminares de delitos?

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30.08.2024

"Lo que debemos entender que no es modificando las normas legales como se va a combatir la delincuencia".

El Congreso ha aprobado en primera votación la modificación de una serie de artículos del Código Procesal Penal, con la finalidad de facultar a la policía a realizar las investigaciones preliminares, delimitando los roles del Ministerio Público y la PNP.

Debemos señalar que el legislador constitucional, con la finalidad de garantizar investigaciones sin ningún tipo de presiones, determinó que sea un ente independiente quien conduzca esta desde su inicio, puesto que la PNP depende del Ministerio del Interior, que es parte del Poder Ejecutivo. Por ello, la Carta Magna, en el numeral cuarto del artículo 159, establece: “Conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”.

Lo primero que debemos señalar es que no es el Código Procesal Penal el que faculta a los fiscales a conducir la investigación desde su inicio, es la Constitución Política la que le da........

© El Comercio


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