Reflexiones sobre el tipo de cambio
La Reserva de Activos Internacionales del Banco de México tiene un objetivo claro y preciso señalado en ley, este, es coadyuvar a la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional mediante la compensación de desequilibrios entre los ingresos y egresos de divisas del país. Siendo así, los activos en reserva no deben, ni pueden ser destinados a ninguna otra operación que apoye, respalde o soporte la operación gubernamental, particularmente, no debe incurrirse en transacciones que, directa o indirectamente, supongan financiamiento al gobierno federal.
Ahora bien, es el caso que la ley, que data ya de hace 30 años, no sólo es silente en cuanto a la existencia e impacto monetario que tiene el uso de criptomonedas como activo de reserva de valor e intercambio, sino que, además, jamás pudo prever un torrente de divisas como el que produce, mes a mes, el flujo de remesas.
Bajo las condiciones prevalecientes a fines del siglo XX, y atendiendo a las más sanas prácticas internacionales, en la ley de instituto central se previeron instrumentos cuyo objetivo es “esterilizar”, esto es, neutralizar, el efecto de las divisas entrantes, dando particular tratamiento al que, entonces, era la fuente u origen destacado de éstas, Petróleos Mexicanos. Por lo que el legislador se ocupó, incluso, de normar la relación entre el banco, la tesorería y el entonces potente financiador del presupuesto federal.
El Banco de México y la banca de desarrollo no deben, ni pueden concurrir al mercado cambiario con el propósito de mantener, inducir o preservar el tipo de cambio en un nivel o dentro de una franja, por lo que los activos a su disposición no deben emplearse con tal finalidad. Interferir el tipo de cambio, alegando distorsiones transitorias, movimientos atípicos o cualquier otra razón distinta a la marcada en ley debe ser severamente cuestionada, más, si tales intervenciones ocurren en un proceso electoral.
Lamentablemente, el Banco de México no ha avanzado en materia de transparencia y pública rendición de cuentas, limitándose a revelar el monto a que asciende la reserva, bloqueando toda........
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