Alcance y significado del 28 de julio
El Poder Divino es único, omnímodo y eterno. El humano es compartido, limitado y temporal. En lo terrenal el mayor poder radica en el pueblo como lo expone el artículo 5 CN1999 al atribuirle la soberanía, de amplio radio pero sin poderío absoluto, sino por el contrario, sometido a controles diversos puesto debe ser ejercido conforme a los mandatos del propio texto constitucional (control directo) y calificado mediante el sufragio (control indirecto).
El pueblo es una entelequia, una ficción, que si bien tiene potestad para ejercer el poder constituyente originario, debe entenderse como un “grupo de ciudadanos llamados a participar en los asuntos públicos”, así lo define la Sala Constitucional (sent. 22/01/2003. Exp. 02-1559). Su poder es también limitado por el respeto a los derechos fundamentales del hombre; el principio de la división de los poderes; a los elementos que integran la democracia; las........
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