Privacidad y libertad de expresión en conversaciones por WhatsApp
La sentencia SUP-REC-52/2026, dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, revocó la resolución de la Sala Regional Guadalajara y confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Sinaloa. Este caso plantea una pregunta central para cualquier democracia constitucional: ¿puede el Estado sancionar expresiones emitidas dentro de una conversación privada de WhatsApp?
La controversia surgió a partir de mensajes privados atribuidos a una ciudadana, en los que formulaba críticas hacia una legisladora. Esta última consideró que esos mensajes podían valorarse para acreditar violencia política en razón de género y la Sala Regional Guadalajara le dio la razón. Sin embargo, el problema jurídico era evidente, pues no se trataba de publicaciones en redes sociales, declaraciones ante medios ni expresiones difundidas........
