Solo el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Policía pueden sancionar a vehículos
Las municipalidades del país ya no podrán imponer multas por infracciones de tránsito ni ordenar el traslado al depósito municipal de vehículos mal estacionados, tras un reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC) que establece que dichas competencias corres‑ ponden exclusivamente al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
La decisión, si bien se originó por una ordenanza de La Victoria, Lima, marca un precedente aplicable a todas las ciudades del Perú, incluida Arequipa. La resolución –contenida en el expediente 00014‑2021‑PI/TC– declara inconstitucional que los gobiernos locales sancionen a con‑ ductores por faltas como el mal estacionamiento (falta G40), ya que........
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