Lo que está en juego con la reforma de Abelardo a la consulta previa
La consulta previa es un derecho fundamental que tienen las comunidades étnicas para que se las consulte cuando hay proyectos de infraestructura que las afecta. Está en la Constitución, pero no tiene una ley que la regule. “El gobierno propiciará la participación de los representantes de las respectivas comunidades”, dice la Constitución en el artículo 330, que dicta cuáles son las funciones de los resguardos indígenas.
Esa pequeña expresión fue creciendo con el tiempo por medio de decretos y sentencias judiciales, pero ha llegado a un punto en el que se ha convertido en un cuello de botella en el desarrollo de algunos grandes proyectos de infraestructura en Colombia. Según un estudio de Fedesarrollo alrededor del 16 por ciento de los proyectos de infraestructura en Colombia ha tenido que hacer una consulta previa. Y el gobierno calcula que desde 2011 se han hecho 13 mil.
Las dificultades asociadas a las consultas han frenado proyectos estratégicos como la línea de transmisión de energía de Colectora y el proyecto de gas costa afuera de Sirus. Solucionarlo es una bandera desde hace años del sector privado, de políticos como Germán Vargas Lleras (qepd) y ahora del gobierno de Abelardo De la Espriella, que ya ha tomado decisiones controversiales en una directiva y dos decretos.
Luego del párrafo en la Constitución del 91, Colombia aprobó una convención internacional con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que convirtió la consulta en un derecho, y la Ley 70 la amplió para que se aplicara a comunidades negras también. Varios decretos posteriores y decisiones de la Corte Constitucional han terminado de elaborar la colcha de retazos legal que orienta, en ocasiones con poca claridad, las tensiones entre el desarrollo y los derechos de las comunidades étnicas.
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Es una tensión clave, detrás de la cual hay riesgos de protestas, daños sociales y ambientales para las comunidades, y la regulación del mecanismo que más empodera a los afros e indígenas en Colombia.
Estas son las respuestas claves sobre cómo está avanzado su discusión, cuáles cambios propone el gobierno y qué reacciones han generado.
¿Cuáles son los problemas actuales con la consulta previa?
En el documento de política del centro de pensamiento Fedesarrollo, titulado “Licenciamiento social y ambiental para proyectos de infraestructura en Colombia”, se afirma que el país no tiene una ley estatutaria que reglamente detalladamente el procedimiento de la consulta previa y, en su lugar, se ha apoyado en decretos y decisiones judiciales para establecer procedimientos, lo que “ha generado un marco regulatorio fragmentado, con reglas que se han definido caso a caso”, dice.
La consulta previa, como su nombre lo indica, obliga a los privados o al Estado a consultar la opinión de las comunidades sobre lo que se hace que afecte su territorio. Esto no otorga la posibilidad de veto de esas comunidades, pero sí establece la obligación de consultarlas y crea una agenda conjunta de afectaciones y de mecanismos para mitigarlas. Qué tan bien consultados son los grupos étnicos y cuáles grupos hay que consultar es el meollo del asunto. Especialmente, porque la consulta sí es un requisito para avanzar en otros trámites, como la licencia ambiental.
Aunque la ley fija 90 días para decidir una licencia ambiental, los trámites se encadenan y se “pausan” unos con otros, por lo que en la práctica esa limitación no se cumple, pues algunas licencias está paradas hasta que resuelvan la consulta previa.
Por la diversidad étnica del país, un solo proyecto puede necesitar decenas o hasta cientos de consultas. Esto último es el caso del proyecto de gas Sirius, que realiza Ecopetrol y Petrobras, y del que depende que el país vuelva a recuperar soberanía energética de........
