La negativa de los conductores de patinetes eléctricos y bicicletas a hacer la prueba de alcoholemia o drogas
Un joven circula en patinete por Murcia / Israel Sánchez
Está claro que negarse no pueden o, para ser más técnicos, no deben, pero esa conducta ¿es un delito? Porque cuando esto le ocurre al conductor de un vehículo a motor o ciclomotor, acaba detenido.
Pues, históricamente, desde el Código Penal de 1995, hubo disparidad de criterios en ambas direcciones; los expertos no se ponían de acuerdo, unos decían que si un ciclista se niega a realizar las pruebas de alcoholemia, comete un delito, y otros decían que es una infracción administrativa (una multa). Y todo, como siempre, por mala redacción del Código Penal, porque en el artículo 383, sobre el delito de negativa a realizar las pruebas de alcohol/drogas, dice «conductor» a secas, cuando en los anteriores artículos dice «conductor de vehículo a motor y ciclomotor». La lógica me dice a mí que la negativa en administrativa ha quedado para ciclistas, peatones y demás vehículos de poca envergadura, pero una ley mal redactada, con enmiendas de varios partidos........
