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Una funcionaria de Gijón gana el pulso legal sobre el uso turístico de una vivienda y el concepto de "hospedería"

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15.03.2026

Una funcionaria de Gijón gana el pulso legal sobre el uso turístico de una vivienda y el concepto de "hospedería"

El Ministerio de Justicia respalda a una registradora de la propiedad gijonesa que denegó la inscripción de una VUT porque en los estatutos de la comunidad vecinal se prohibía destinar los pisos a hospedaje

Sede de los Registros de la Propiedad, en Gijón. / Juan Plaza

En torno a la plabra "hospedería" ha habido todo un debate semántico e inmobiliario en Gijón con ecos en los pasillos del Ministerio de Justicia. Una controversia que empezó el verano pasado y que acabó en un recurso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Y ese recurso, ya resuelto, le ha dado una buena victoria a una funcionaria pública de Gijón. En concreto, a la titular del Registro de la Propiedad número 1 de la ciudad, que se negó a inscribir como vivienda de uso turístico (VUT) un inmueble de una comunidad de vecinos en cuyos estatutos, redactados hace años, quedó literalmente recogido que "no podrán instalarse hospederías ni servicios o industrias que perjudiquen a la Comunidad, a la seguridad de la finca o afecten a la moral y las buenas costumbres".

Amparándose en ese articulado, la registradora Ana María Fernández Álvarez tuvo que contestar que "no era acorde a derecho" a la petición que hacía un particular solicitando para una vivienda suya la asignación de un número de registro de alquiler de corta duración turístico. "La prohibición de instalar hospederías de los Estatutos de la comunidad impide la asignación del número de Registro solicitado", firmó la registradora. El dueño afectado escaló su recurso al entender que se "vulneran indebidamente mis........

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