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Concurrencia de ministros al Congreso

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15.12.2025

Nuestra Carta Fundamental establece que el Consejo de Ministros en pleno o los ministros por separado pueden concurrir a las sesiones de cualquiera de las cámaras del Congreso de la República y participar en sus debates, de acuerdo con lo que establecen los reglamentos respectivos. Concurren también cuando son invitados para informar. El presidente del Consejo o uno, por lo menos, de los ministros, concurre periódicamente a las sesiones plenarias de la Cámara de Diputados para la estación de preguntas.
En el constitucionalismo peruano, la relación entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo trasciende una mera coexistencia funcional, pues se configura sobre los principios republicanos de control, transparencia y responsabilidad política. En ese marco, la concurrencia de ministros al Congreso —en pleno o por separado— constituye un mecanismo clave para el diálogo democrático y la fiscalización del Ejecutivo por la representación nacional. Esta participación asume tres formas: la presencia en sesiones del Congreso, la asistencia obligatoria cuando se les convoca y la concurrencia periódica del presidente del Consejo o de un ministro a la Cámara de Diputados para la estación de preguntas. Estas disposiciones no deben reducirse a gestos protocolarios, sino entenderse como manifestaciones concretas del principio de........

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