Sin miedo a las licencias obligatorias
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El reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina no es un tecnicismo jurídico más: es una señal política. Declaró infundada la demanda de ViiV Healthcare y Shionogi & Co. contra Colombia por la licencia obligatoria del dolutegravir -un medicamento para el tratamiento del VIH-. Allí el Tribunal avala la actuación del país en línea con la normativa andina, pero además se establece que las patentes no son derechos absolutos.
La decisión llega en un momento en el que el acceso a medicamentos sigue siendo una deuda estructural en América Latina. El mensaje es claro: las flexibilidades del Acuerdo sobre los ADPIC no son una concesión marginal, sino herramientas legítimas de política pública. Entre ellas, las licencias obligatorias ocupan un lugar central, aunque para los Estados sigan siendo instrumentos exóticos.
Las licencias obligatorias permiten a un gobierno autorizar la producción o importación de versiones genéricas de un medicamento patentado sin el consentimiento del titular, cuando existe un interés público en juego. Es derecho internacional vigente y sin embargo, su uso ha sido históricamente limitado, más por presión política que por restricciones jurídicas.
Durante la última década, Colombia ha........
