Dispensario, cannabis medicinal en Chile y la anatomía de una falla de política pública
Las políticas públicas sobre drogas son de alta complejidad. Las medidas mecánicas y presuntamente lógicas no necesariamente tienen los frutos que se buscan. Lo que está claro es que en datos de mediana duración sabemos que el alcohol ha reducido su incidencia y las drogas ilícitas han aumentado en su consumo y que ello es una presión importante a nivel sanitario. También sabemos que el crimen organizado ha entrado en una etapa de consolidación. El crimen organizado no es solo droga, pero lo habitual es que sea la puerta de acceso a la formación de organizaciones criminales de alta complejidad porque es el negocio más rentable del crimen organizado. Suele por tanto usarse como base organizacional.
Este primer párrafo solo viene a mostrar que, recién en la puerta del problema, tenemos dificultades de gran envergadura a la hora de resolver una política pública que aborde la dimensión sanitaria, social, criminal e institucional del problema de las drogas ilegales.
Esta discusión adquiere relevancia coyuntural desde que comenzó la investigación al Dispensario Nacional, que tiene como antecedente una organización surgida en 2016 bajo la fórmula de una asociación sin fines de lucro orientada al cultivo colectivo de cannabis con fines medicinales, destinada a pacientes asociados que contaban con prescripción médica.
El modelo se apoyaba en la evolución normativa y jurisprudencial que había abierto espacio al cannabis medicinal y al cultivo justificado terapéuticamente, y con los años se expandió hasta conformar una red de locales y un volumen considerable de operaciones. La investigación penal actual cuestiona precisamente esa evolución: la Fiscalía sostiene que una estructura originalmente presentada como asociación medicinal y de cultivo colectivo habría terminado funcionando, en los hechos, como un sistema de producción y comercialización de cannabis.
Ya daremos detalles de esto. Pero lo más interesante es que, en la práctica, la corporación que debía funcionar con un sentido no lucrativo tenía una estructura de eventual propiedad (tesis de la fiscalía, que habrá que decir que se ve plausible). La operación económica se articuló posteriormente mediante DN Medcorp SpA, que sí tenía accionistas. Según los antecedentes de la investigación, Andrés Astorga controlaba el 51% y Gino Athens el 29%, quedando el 20% restante repartido entre otros socios. DN Medcorp administraba aspectos operativos, financieros, inventarios y la expansión mediante sucursales/franquicias.
Un viejo truco donde una estructura no lucrativa compra servicios a entidades lucrativas asociadas a algunos de los actores que están más arriba.
Pero el punto de fondo de esta columna no es la parte criminal. Lo que nos interesa es cuánto colaboró el sistema político mediante malos diseños de política pública a este problema.
Y es que la política chilena sobre cannabis medicinal presenta una anomalía especialmente grave. Durante aproximadamente una década, el Estado fue reconociendo progresivamente la legitimidad del uso medicinal del cannabis, pero no construyó simultáneamente un sistema capaz de determinar con suficiente precisión qué significaba.
El resultado fue una arquitectura institucional fragmentada. Existía una puerta de entrada médica —la prescripción de un médico cirujano—; existía una regulación penal del cultivo y del tráfico contenida en la Ley N.º 20.000; existían competencias del Servicio Agrícola y Ganadero sobre la autorización de determinados cultivos; y existía un régimen farmacéutico administrado por el Instituto de Salud Pública. Sin embargo, estas piezas no llegaron a integrarse en un circuito coherente que acompañara al cannabis desde la indicación terapéutica hasta el producto efectivamente utilizado por el paciente.
Esa es la hipótesis fundamental de esta columna: Chile construyó una excepción medicinal al régimen general de control de drogas sin construir la gobernanza que ello suponía, sin detallar el régimen médico, farmacéutico y administrativo que debía gobernar esa excepción. Es decir, Chile legisló exenciones y creyó estar legislando una estructura normativa. Eso es una mirada inocente. También podría ser que se construyó un aparato normativo feble deliberadamente. No se puede descartar la planificación cuando se juegan imperios de dinero e influencia.
Quiero decir algo muy preciso: dado que una exención es una norma negativa, que retira una consecuencia jurídica; entonces un orden nuevo basado en ciertas exenciones solo construye vacíos, no órdenes. Si fue una confusión normativa de nuestra legislación es grave. Si no fue una confusión es gravísimo.
Como ya se ha señalado, el acontecimiento que hizo visible el problema fue el caso “Dispensario”. El 13 de agosto de 2026, la Fiscalía Regional de Aysén y el OS-7 de Carabineros ejecutaron un operativo simultáneo entre Antofagasta y Aysén, en el marco de la investigación denominada Operación Imperio Ámsterdam. Según la información pública de la propia Fiscalía hubo........
