El presidente y secretario del consejo de administración

Posteriormente a la realización de las asambleas ordinarias vienen los nuevos consejos de administración y, con ello, el nombramiento del presidente y el secretario de este órgano. Equivocadamente, existen algunas creencias, que las enunciaremos en este artículo, y son las siguientes: 1. La única función del presidente del consejo es el de presidir las reuniones, firmar las actas que generan constancia de ellas y el de firmar el contrato del administrador de la copropiedad. Por ley no existe otra función, a menos que en el reglamento de propiedad horizontal se le otorguen algunas actividades adicionales. 2. El presidente es de libre nombramiento y remoción. El consejo podrá, si lo quiere, nombrar un presidente para cada reunión........

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