¿Modificación a los arrendamientos turísticos?

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Se ha generado mucha polémica respecto a cuándo se pueden realizar arrendamientos turísticos (arrendamientos inferiores a un mes), inicialmente se manifestó que se requería autorización por parte de la asamblea general de copropietarios con un quorum superior al 70% de los coeficientes de copropiedad y que dicha decisión se debía protocolizarse en los reglamentos de propiedad horizontal. Al respecto el Consejo de Estado en sentencia del año 2021 estableció que esta condición no vulneraba el derecho a la propiedad, ya que los reglamentos podrían establecer la limitación de los usos, como se hace en este caso.

Ahora reabre la polémica un proyecto de decreto que está adelantando........

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