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Cuánto le puede costar el voto

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20.02.2026

A medida que avanza la campaña electoral, los rumores sobre la compra de votos aumentan. Las denuncias, sobre todo en redes sociales –convertidas en la mejor tribuna para hacer proselitismo–, no se han hecho esperar.

Para los expertos, esta será una campaña muy costosa. Por lo que se escucha, no les falta razón. Romperle el espinazo a la abstención ya es un reto enorme, pero acabar con la corrupción electoral es una labor titánica.

Las consecuencias de vender y comprar el voto pueden ser desastrosas. El Código Penal destina un capítulo a los delitos contra los mecanismos de participación ciudadana, quince en total, que abarcan todas las etapas del proceso electoral. Vale la pena repasarlos.

La inscripción de candidatos o de listas no se puede dilatar o entorpecer; ni las votaciones ni los escrutinios se pueden impedir o perturbar; los documentos y demás elementos electorales se deben entregar oportunamente, y no se puede alterar el resultado de una votación. Los recursos que se utilicen en la financiación de las campañas deben provenir de fuentes lícitas; los topes o límites de gastos de las campañas no se pueden superar, y existe la obligación de reportar a quienes aportan a las campañas.

Ahí quedan resumidos los delitos que involucran a las autoridades electorales (Registraduría Nacional del Estado Civil, Consejo Nacional Electoral, jurados de votación y comisiones escrutadoras), a los testigos electorales y a los gerentes y administradores de las campañas.

Al elector no se le puede amenazar ni presionar para que apoye a un determinado candidato o lista, o impedirle el libre ejercicio del derecho al sufragio. Tampoco se le puede engañar con esos mismos propósitos. Corromperlo, menos, es decir, no se le puede contratar ni condicionar la celebración o prórroga de un contrato por apoyar a un determinado candidato o lista; ni se le puede prometer, pagar o entregar dinero, dádiva o cualquier beneficio para eso. ¿Le suena?

El que ofrezca votos de un grupo de ciudadanos a cambio de algún beneficio para que voten por determinado candidato, partido o corriente política también la lleva, como la lleva quien suplante a un elector o vote más de una vez. El fraude en la inscripción de cédulas también está prohibido.

Todas esas conductas tienen cárcel, y penalmente responde tanto el que las hace como quien permite o contribuye a que otro las haga.

La semana pasada les dije que de ustedes depende si se dejan convencer de quienes andan por ahí ofreciendo, repartiendo y prometiendo; ahora les digo que lo piensen bien si lo van a negociar. El voto no solo define el rumbo del país: también puede definir el suyo. Piénselo.


© Vanguardia