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Predial de Piedecuesta bajo la lupa

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17.03.2026

Desde esta tribuna hemos advertido sobre los incrementos en el Impuesto Predial Unificado (IPU) que hoy hacen de Bucaramanga la ciudad con la mayor inflación del país, con un impacto directo en los cánones de arriendo, según datos oficiales. Sin embargo, la capital de Santander no es la única que enfrenta aumentos desproporcionados en los impuestos a la propiedad. Más de sesenta municipios del departamento registran alzas en los avalúos catastrales o errores en la liquidación de los impuestos prediales, siendo Piedecuesta uno de los casos más representativos, al ser el futuro del desarrollo urbanístico metropolitano y el eje de una de las obras más esperadas en la región: el Anillo Vial Externo.

Para entender lo que ocurre en la tierra de los garroteros, es necesario remontarse al 2024 con los estudios de actualización de avalúos catastrales en zonas rurales y urbanas del municipio. Según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) la caracterización física, económica y jurídica de los predios toma como mínimo seis meses de trabajo. En Piedecuesta, el proceso tomó la mitad de tiempo o incluso menos, y sin equipos con la experiencia avaluadora necesaria para este tipo de actividades.

El estudio de mercado utilizado como base, parece haber respondido más a la especulación inmobiliaria que ha acompañado a la prometida revisión del ordenamiento territorial, vigente desde 2003, que a la realidad de precios en la zona. Hemos encontrado suelos agrícolas con valores de suelos urbanizados; vías avaluadas como predios listos para construir vivienda y propiedades con avalúos por fuera de la lógica del mercado.

Si bien las comunidades han comprometido a las autoridades a revisar de manera masiva los avalúos, no se ha dado cumplimiento. En lo que va del año 2026 el trámite ha sido casi que imposible, pues el municipio no cuenta con convenio vigente con el gestor catastral, imposibilitando la contratación de personal técnico, evidenciando un incumplimiento institucional compartido del servicio público catastral con efectos sobre la seguridad jurídica del territorio.

A lo anterior se suma que, en la liquidación del IPU se estaría aplicando de manera indebida la Ley 1995 de 2019 que creo límites al incremento del impuesto predial. También se han identificado traslados diferidos a la vigencia 2026 de una carga tributaria generada por la actualización de 2025, lo que en la práctica configura una forma de retroactividad material.

Al no modificarse la tarifa por parte del Concejo Municipal y aplicar el Decreto 1480 de 2025, el incremento del IPU no puede superar el 3 % y corresponde a las autoridades garantizar su cumplimiento. Corregir los avalúos y las liquidaciones no es solo una decisión administrativa, es el primer paso para consolidar el desarrollo del municipio.


© Vanguardia