La selva no vota, pero tiene derechos

Ferrajoli, el Niño y la constitución que la Tierra todavía espera

Me enteré que este año, el fenómeno de El Niño será el más violento de los últimos 150 a causa del calentamiento global para nuestro país y si es que tal virulencia no se había visto en medio siglo, la señal es que estamos haciéndolo peor de lo que pensamos.

Royal Caribbean planea construir un parque acuático turístico en una superficie cercana a las 80 hectáreas, con una inversión estimada en mil millones de dólares en la localidad costera de Mahahual, municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo. Sin rubor y con toda la solemnidad del procedimiento democrático, devastar más de 80 hectáreas de selva para construir otro complejo turístico que servirá de espejo a la voracidad de un modelo que se reproduce a sí mismo como virus gracias a que el Ayuntamiento de Othón P. Blanco hizo un cambio de uso de suelo que quitó la protección a la selva.

La organización DMAS (Defendiendo el Derecho a un Medio Ambiente Sano) promovió un juicio de amparo por el cambio irregular de uso de suelo y un Juzgado de Distrito de Quintana Roo concedió el 26 de enero de 2026 una suspensión provisional para proteger el ecosistema local de las acciones de las autoridades municipales y estatales que avalaron la reconfiguración de las 107.67 hectáreas en Mahahual. Pero el poder judicial aplicó una chicanada baja pues los integrantes del Primer Tribunal Colegiado de Circuito argumentaron que la asociación civil ONG tenía un plazo de 15 días para solicitar el amparo contra la modificación del PDU y no de 30 días, pues determinaron que se trató de un simple acto de autoridad y no de una reforma de ley. Con lo anterior, los magistrados se apartaron de un criterio judicial obligatorio dictado por Plenos Regionales del Poder Judicial de la Federación, que establece que las modificaciones a los PDU cuentan con un plazo de 30 días. Es decir, la obra se habilitó de nuevo porque magistrados electos en 2025 desecharon el amparo de la ONG ambiental DMAS por razones procesales formales, apartándose de criterio judicial obligatorio. El verdadero “al diablo con sus … resoluciones” (previas).

El órgano judicial le dio la razón al gobierno de Quintana Roo que intercedió con un mecanismo legal a favor de la empresa. La impugnación fue presentada por la Secretaría de........

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