Guerrero: Infancias trans podrán adecuar su acta de nacimiento sin esperar a los 18
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado recientemente que el Estado no puede restringir los derechos de personas menores de edad al momento de decidir sobre su identidad. Es decir, que menores de edad nacidos como niño o niña podrán cambiar su acta de nacimiento para actualizarla conforme a la identidad que tengan para lograr concordancia entre su vida cotidiana y sus documentos legales. El debate sobre infancias trans en Guerrero busca despojar a todo el sistema de la idea sobre que los derechos de menores de edad a la identidad son de segunda categoría o que deberían estar a la decisión adulta de sus padres y del Estado, por eso esta resolución parece tan innovadora como a su vez, polémica pues no sólo invalida una disposición legal, sino que confronta de frente una de las estructuras más naturalizadas del orden jurídico mexicano que es el adultocentrismo.
La Corte declaró inválido el requisito de mayoría de edad para solicitar la rectificación de nombre y sexo en el acta de nacimiento conforme a la identidad de género autopercibida. Dicho de otro modo: el Estado ya no puede exigir que niñas, niños y adolescentes esperen a cumplir 18 años para que su identidad sea reconocida jurídicamente. Porque, como sostuvo el ministro Arístides Guerrero García, el derecho a la identidad no está sujeto a un calendario civil.
El punto de quiebre no es menor. Durante años, diversas legislaciones locales condicionaron este procedimiento........
