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Traición a la patria: una reforma innecesaria y peligrosa

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28.02.2025

La iniciativa de reformas a la Constitución que nuestra presidenta presentó esta semana tiene que ver con el artículo 40; propone, entre otras cosas, que se adicione el siguiente párrafo:

“El pueblo de México, bajo ninguna circunstancia, aceptará intervenciones, intromisiones o cualquier otro acto desde el extranjero, que sea lesivo de la integridad, independencia y soberanía de la Nación, tales como golpes de Estado, injerencias en elecciones o la violación del territorio mexicano, sea esta por tierra, agua, mar o espacio aéreo.

“Tampoco consentirá intervención en investigación y persecución alguna sin la autorización y colaboración expresa del Estado Mexicano, en el marco de las leyes aplicables”.

La iniciativa parece que fue dictada por AMLO y elaborada por su entonces consejera jurídica doña María Estela Ríos González: está mal redactada, carece del elemento imperio, que es propio de una Ley; es redundante e innecesaria; es poco técnica; nada que ver con aquello que debe caracterizar lo que se eleva a rango constitucional. Está hecha con los pies. Por ello es de suponerse que se aprobará esta semana por el Congreso de la Unión y la que entra por las legislaturas de las entidades.

Paso a explicarme:

El pueblo de México, como tal, no tiene existencia en el ámbito internacional; sí la tienen el Estado Mexicano. Los términos: la Nación Mexicana (art. 2º), la Nación (art. 27), el Estado (art. 27, frac. XIX), o Estados Unidos Mexicanos (art. 28) son utilizados para identificar al Estado mexicano en lo interior. Ciertamente en el artículo 40 se alude al pueblo mexicano, pero su uso es correcto, en razón de que los Constituyentes mexicanos han partido del supuesto de que son representantes de ese pueblo y, como tales, se han pronunciado por una forma específica de estado:........

© Proceso