El inexorable paso del tiempo nos acerca a momentos, a modo de efemérides recordatorias, que nos hablan de un tiempo pretérito donde la mayestática trascendencia y hasta la significada importancia marcaban el hacer presencial de nuestros ahora entornos convivenciales de proximidad. No es que la historia pasará por allí, en su dibujante deambular del caminar, es que ellos son la historia, ¡la historia hispánica!, que perseveró por encima de cualquier contingencia interpretativa y con prevalencia en cualesquier tipo de comparación.

Hoy día, y a los momentos que vivimos, y sin asomo de ningún tipo de chauvinismo, es oportuno traer al presente, en nuestra consideración particular y sostenido criterio, tales predicho momentos que, en un pudiera ser, animen a unos, fortalezcan a otros y, en todo caso, nos haga considerar la excelencia, por su ser y su estar, de la saga hispánica a la que pertenecemos.

Tenemos muy a mano, cuando estamos ya acercándonos, en un decir de relativa aproximación, para conmemorar el “V Centenario” de la fecha del ‘segundo refrendo’ del “Voto Inmaculista”, de “La Tierra de Villalpando” [-.- en la completitud ambiental de las trece poblaciones participantes, y con la anuencia de otros despoblados de la zona -.- tales como: Villavicencio, Alafayes, La Maya, Amaldos,…-.-], que acontece en la fecha de la data del 6-12-1527, ya se hace importante, ¡aún más importante si cabe!, todo lo que acontece y concierne a tal situación dual, religiosa y civil, y en la temporalidad de los poderes (¡y su división!), que tuvo lugar dentro de la perimetración, en aquel entonces vigente, de la Diócesis Episcopal de León, al igual que fue la primera vez del refrendo del voto [-.- en la fecha de la data del 26-3-1498 -.-] y del propio primigenio acto del pronunciamiento iniciático del mismo [-.- en la fecha de la data del 1-11-1466 -.-], que es en todos los momentos socialmente compartido -.- por mor de la participación de los pueblos de Cañizo y Pobladura de Valderaduey en el conjunto de los trece pueblos -.- por la Diócesis de Zamora, en tales referentes temporales, al pertenecer las dos citadas entidades poblacionales a dicha otra demarcación y espacio administrativo religioso.

Observamos que el situar ubicacionalmente, aduciendo el “Voto Inmaculista” y, por sus características expresivas, con él su extraordinaria importancia en el mundo religioso cristiano católico, a todo el espacio territorial de “La Tierra de Villalpando”, se hace obligado, preciso y hasta necesario, ante la dispersión a-cultural de tal y tan importante acontecer y la influencia ejerciente a su amplio entorno y, desde cualquier punto de vista, hasta fuera del mismo. No solo, y con ser importante, en lo que se debiera referir al posicionamiento geográfico, también lo es a otras posiciones referenciales, sea al: histórico, político, administrativo, antropológico y social, de aquella época, así como de la trasmisión/herencia/influjo que han proyectado a sus otros momentos posteriores. Ello, sea dicho y sentado, a expensas de las interpretaciones sobre “el hecho geográfico mesetario” en la península Ibérica, ya que sea tanto del norte como del sur del macizo central, que es conocido existen diferenciaciones amplias, distinciones varias y contraposiciones interpretativas, a lo largo de todo el proceso histórico hispánico y sus concomitancias humanas, sociales, culturales, antropológicas y políticas.

Cotejamos que en el año 1466, en el Papado de SS. Pablo II, está destinado como Obispo en la Diócesis de León la persona religiosa de D. Antonio Jacobo de Veneris (clérigo de origen italiano), que con posterioridad, en el Papado de SS. Sixto IV, alcanzara el Cardenalato; en el año 1498, en el Papado de SS. Alejandro VI, es Obispo de la Diócesis de León D. Alonso de Valdivieso (quién posteriormente llego a ser Presidente de la Real Audiencia y Chancillería) y en el año 1527, en el Papado de SS. Clemente VII, es Obispo de la Diócesis de León D. Pedro Manuel (que pasaría después -.- en el año 1534 -.- a la Diócesis de Zamora). Con solidez argumentativa, es de suponer que el acuerdo sobre el “Voto Inmaculista” de “Villalpando y su tierra”, y sus seguidos refrendos, desde nuestra estimación no profesionaluzada, proseguirían , en la Diócesis de León por su natural y establecido camino/ recorrido/proceso comunicativo de jerarquización interna, cumplimentando todos los trámites establecidos del momento respectivo.

Análogamente por otra parte, y sobre el mismo acontecer, en la Diócesis de Zamora tenemos, en los momentos temporales considerados, a los siguientes obispos: en el año 1466 a D. Rodrigo Sánchez de Arévalo (que antes había sido Obispo de Oviedo y después de Calahorra y Palencia; del cual se dice que: “con la excepción de Oviedo no llegó nunca a tomar posesión de esas diócesis y desarrollo su carrera en la curia romana, donde trabajó como diplomático”); en el año 1498 a D. Diego Meléndez Valdés ( del cual se argumenta que “su ocupación principal fue ser mayordomo del Papa SS. Alejandro VI”) y en 1527 a D. Francisco de Mendoza (que ostentaría, en el año 1534, la importante figura de ser `Comisario del Consejo de Cruzada´). Es de suponer, y de forma análoga que en la Diócesis de León, que el acuerdo sobre el “Voto Inmaculista” de “Villalando y su tierra”, y sus seguidos refrendos, también proseguirían, en la Diócesis de Zamora por su natural y preestablecido recorrido comunicativo de jerarquización interna, cumplimentando todos los trámites del momento respectivo.

Para un enfoque más ilustrativo de la situación, téngase en cuenta que, y ello es importante, la Diócesis de Valladolid no se crea hasta el año de 1595 (y en lo que parece ser por la insistencia personal del Rey Felipe II), surgiendo por detracciones territoriales imperativas, ¡muy contestadas!, de las diócesis de: (1º) Palencia {tras aquella enumeración medieval de Sancha I de León y Fernando I “El Magno” (originario en Navarra)(-.- 29-12-1059 -.-), ampliada por Alfonso VI (-.- 31-3-1090 -.-)},(2º) Salamanca {(-.- en la sí atribuida incorporación de Medina del Campo por Alfonso VI ( -.-30-12-1106-.-) [-.- ya en la Provincia Eclesiástica de Santiago -.-] y (3º) Burgos {margen izquierda del rio Pisuerga}, con lo cual, tanto en el año 1466, como en los años 1498 y 1527, que tratamos sobre el “Voto Inmaculista” & “La Tierra de Villalpando”, sigue persistiendo, ¡como raya divisoria!, la línea que marca el cauce del río Pisuerga, haciendo “la frontera” entre lo “integral leonés” (y/o de la Corona Leonesa) y lo “integral castellano” (y/o de la Corona Castellana), como puede ser seguido desde el año 1065 (con los límites occidentales de la Diócesis de Burgos). Para más apostilla a lo dicho, aporta Floranes, en abundancia de lo indicado, lo siguiente: “Dedit Domino Sancio a flumine de Pisorga totam Castellam. Dedit Domino Adefonso Legionen por flumen de Pisorga”.

Avanzando más, la segunda vez del refrendo del “Voto Inmaculista”, se hace en pleno gobierno de los reinos hispánicos, con la excepción de Portugal, del ya Emperador Carlos V (Carlos I en nuestras proximidades territoriales), que llegó a detentar su gobierno sobre una amplia faz de la tierra europea, americana y africana, donde pormenorizadamente tenemos, al inicio del mismo, en la península Ibérica, los ámbitos espaciales de: Aragón, León, Navarra, Castilla, Granada, Toledo, Valencia, Sevilla, Córdoba, Murcia, Jaén, Vizcaya y Galicia, que tienen amplia y extraordinaria importancia, ya que no solo son, y exclusivamente, unos nombres más, que nos pueda sonar más o menos, e incluso empatizar de forma diferente, también contienen una estricta dimensionalidad territorial/espacial/física que debemos perimetrar, sea visual y/o mentalmente, sobre el extendido mapa de la Península Ibérica, para ambientarnos de su relevancia situacional.

Pero acontece que, no mucho antes de tal segundo refrendo sobre el “Voto Inmaculista” (de rememoración de aquel día del 1-11-1466), el soberano Carlos I de León visita, en forma oficial y festiva, la población de Villalpando, en la fecha de la data del domingo día 11-3-1520, después de haber estado en Tordesillas -.- con visita a su madre la Reina Juana I de León -.-, y como paso hacia Galicia -.- para las Cortes de Santiago de Compostela [-.- prorrogadas después a La Coruña -.-] -.-, tras recalar en su posterior andadura, el día 13-3-1520, en Benavente (cubriendo una etapa de 30 km), donde en tales dos itinerantes visitas, que se hacen en el espacio territorial de la Corona Leonesa {a mayores de otras posteriores en: La Bañeza (15-3-1520), Astorga (16-3-1520), Rabanal del Camino y Ponferrada (17-3-1520), Villafranca del Bierzo (19-3-1520), Vega de Valcarcel (20-3-1520), Tricastela, Sarria (lugar ligado a Alfonso IX de León), Puerto Marín, Legonde, Mellid, Dos Casas y Santiago de Compostela}, se incide de forma reiterada, con dos audiencias sucesivas, sobre una misma cuestión, en la problemática de “las peticiones reivindicativas de las ciudades” que vienen de los representantes de las poblaciones de Toledo (del Reino de Toledo) y de Salamanca (de la Corona Leonesa) que, a lo que se narra de ambas, no son atendidas y/o satisfechas por la autoridad real e incluso se destaca que son desabridamente desestimadas por la cohorte de los palaciegos del séquito acompañante al monarca.

Al posicionar la distancia territorial, de casi 90 km de dos poblaciones, entre aquella ‘situación de acatamiento’ con la “Reunión de Mojados” (el 12-11-1517; a 32 años del primer refrendo del “Voto Inmaculista” ), se añade, tras el decaimiento de “ la opción partidaria de Fernando de Habsburgo” (que es alejado hacia Austria), al distanciamiento político del año 1520, infringido en las poblaciones leonesas de Villalpando y Benavente { a los representantes toledanos [D. Pedro Lasso y D. Alonso Suarez] y leoneses(salmantinos) [D. Pedro Maldonado y D. Antonio Fernández] } , dando un paso, sin opciones religiosas por medio ( aunque fueron recibidos después de cumplimentar la misa del domingo y ellos eran, ciertos o presuntos, seguidores de la “carta del Día de San Matias”, elaborada por clérigos en la ciudad leonesa de Salamanca), al de una futura y cercana confrontación (que ya parecía previamente servida, tras la carta que, con data del 10-2-1520, mandada Carlos I de León a los Nobles de Valencia (en el Reino Valenciano) -.- Desde Tudela-.- a fin de que atiendan a su Embajador y tengan la mejor unión en los críticos momentos de su viaje a Flandes; reiterada en Calahorra, con data del 12-2-1520, en carta a la ciudad de Ávila -.- en la Corona de Castilla-.- , participando su elección de Emperador y que tiene que ir a tomar posesión del Imperio-.-, en lo que ya se trasluce, frente a las dudas que manejan otros, como una clara decisión tomada.

El entorno sobre el “Voto Inmaculista” & “La Tierra de Villalpando6” ( con las trece poblaciones signatarias: Villalpando, Quintanilla del Monte, Cotanes del Monte, Villamayor de Campos, Tapioles, Cañizo, Villar de Fallaves, Villardiga, Prado, Quintanilla del Olmo, San Martín de Valderaduey, Villanueva del Campo y Cerecinos de Campos, que es de un gran y extraordiario sentido en la religión cristiana católica, da para un amplio, importante y largo recorrido de la interpretación del proceso histórico de toda Hispania en la Edad Moderna y con el añadido de la Edad Media, así como el rescoldo del `viaje hispánico´ por toda la Edad Contemporánea, que no puede quedar reducido a situaciones ocasionales, léase la del 3-12-1520, con el traspaso, cuasi familiar, de la tenencia de la urbe de Villalpando, o en el estacionamiento, de residencia obligada, en tal población de los hijos del Rey de Francia Francisco I, tras la batalla de Pavía (de 24-2-1525), con las seguras connivencias de medración en los asuntos internos de los reinos hispánicos {-.- invasión de Navarra (15-5-1521), cerco de Logroño (11-6-1521), derrota en Noain (30-6-1521) o la toma de Fuenterrabia (29-4-1522) -.-}.

Con los poderes temporales, y su división, siempre han traído situaciones interactivas a lo largo del proceso histórico, incluso con abundantes fricciones con los poderes no temporales. El pasado, como el presente, tiene esa incidencia, tanto casual como intencionada, entre lo temporal y lo intemporal.

QOSHE - “Voto Inmaculista” & “Tierra de Villalpando” - Francisco Iglesias Carreño
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“Voto Inmaculista” & “Tierra de Villalpando”

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12.12.2023

El inexorable paso del tiempo nos acerca a momentos, a modo de efemérides recordatorias, que nos hablan de un tiempo pretérito donde la mayestática trascendencia y hasta la significada importancia marcaban el hacer presencial de nuestros ahora entornos convivenciales de proximidad. No es que la historia pasará por allí, en su dibujante deambular del caminar, es que ellos son la historia, ¡la historia hispánica!, que perseveró por encima de cualquier contingencia interpretativa y con prevalencia en cualesquier tipo de comparación.

Hoy día, y a los momentos que vivimos, y sin asomo de ningún tipo de chauvinismo, es oportuno traer al presente, en nuestra consideración particular y sostenido criterio, tales predicho momentos que, en un pudiera ser, animen a unos, fortalezcan a otros y, en todo caso, nos haga considerar la excelencia, por su ser y su estar, de la saga hispánica a la que pertenecemos.

Tenemos muy a mano, cuando estamos ya acercándonos, en un decir de relativa aproximación, para conmemorar el “V Centenario” de la fecha del ‘segundo refrendo’ del “Voto Inmaculista”, de “La Tierra de Villalpando” [-.- en la completitud ambiental de las trece poblaciones participantes, y con la anuencia de otros despoblados de la zona -.- tales como: Villavicencio, Alafayes, La Maya, Amaldos,…-.-], que acontece en la fecha de la data del 6-12-1527, ya se hace importante, ¡aún más importante si cabe!, todo lo que acontece y concierne a tal situación dual, religiosa y civil, y en la temporalidad de los poderes (¡y su división!), que tuvo lugar dentro de la perimetración, en aquel entonces vigente, de la Diócesis Episcopal de León, al igual que fue la primera vez del refrendo del voto [-.- en la fecha de la data del 26-3-1498 -.-] y del propio primigenio acto del pronunciamiento iniciático del mismo [-.- en la fecha de la data del 1-11-1466 -.-], que es en todos los momentos socialmente compartido -.- por mor de la participación de los pueblos de Cañizo y Pobladura de Valderaduey en el conjunto de los trece pueblos -.- por la Diócesis de Zamora, en tales referentes temporales, al pertenecer las dos citadas entidades poblacionales a dicha otra demarcación y espacio administrativo religioso.

Observamos que el situar ubicacionalmente, aduciendo el “Voto Inmaculista” y, por sus características expresivas, con él su extraordinaria importancia en el mundo religioso cristiano católico, a todo el espacio territorial de “La Tierra de Villalpando”, se hace obligado, preciso y hasta necesario, ante la dispersión a-cultural de tal y tan importante acontecer y la influencia ejerciente a su amplio entorno y, desde cualquier punto de vista, hasta fuera del mismo. No solo, y con ser importante, en lo que se debiera referir al posicionamiento geográfico, también lo es a otras posiciones referenciales, sea al: histórico, político, administrativo, antropológico y social, de aquella época, así como de la trasmisión/herencia/influjo que han proyectado a sus otros momentos posteriores. Ello, sea dicho y sentado, a expensas de las interpretaciones sobre “el hecho........

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