La pensión del presidente |
En días pasados se ha desatado un torbellino de opiniones sobre la pensión que debe otorgarse al presidente(a) usando una serie de razones, que, en puridad, no llegan a convencerme.
Lo primero que hay que decir es que la Constitución y la respectiva Ley 26519, hablan de presidente constitucional de la república a secas. No dice si es titular, sucesor o transitorio sino presidente y nada más. Tampoco precisa que debe haber estado en el cargo 5 años ni la prohíbe para los que hayan sido vacados. Se refiere únicamente al presidente que lo es por vía........