12/12/202311/12/2023 Pixabay.
Recientemente el primer ministro israelí Netanyahu ha criticado duramente a nuestro presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, porque ha sido el único líder que se ha atrevido a decirle a la cara que está vulnerando el derecho internacional en su guerra sin cuartel y desproporcionada contra Palestina, provocando la muerte de miles de civiles, con una alta cifra de niños y niñas. "Israel debe cumplir también -le dijo el presidente- el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario... La cifra de palestinos muertos es verdaderamente insoportable... Debemos dar pasos urgentes hacia un alto el fuego humanitario duradero... Debemos empezar a trabajar desde ahora en la aplicación de la solución de los dos Estado".
El líder israelí, muy enfadado por estas palabras del presidente español, ha llamado a consultas a dos embajadoras: la de Israel en España y la de España en Israel.
Lo que le ha dicho el presidente Sánchez es lo que piensan muchos líderes mundiales, que mudos y cómplices no se atreven ni a pedir el alto el fuego para evitar la masacre de la población civil palestina y asisten, como si no fuera con ellos, al increíble espectáculo de un Estado, que se autoproclama democrático, cometiendo un genocidio en toda regla contra la población palestina de Gaza.
Francisco de Vitoria pasa por ser uno de los dos fundadores del derecho internacional. El otro jurista también considerado fundador es Hugo Grocio, cuyo volumen Del derecho de la guerra y de la paz (De iure belli ac pacis), fue libro de texto en las universidades. Vitoria es uno de los más destacados representantes de la escuela española de derecho natural de los siglos XVI y XVII, situada en su época en la vanguardia de la defensa de los derechos humanos. Señala Vitoria tres requisitos de la guerra justa (bellum iustum): auctoritas legitima, iusta causa, recta intentio. Estos requisitos vitorianos (también denominados indistintamente principios, criterios o estándares por los estudiosos) han tenido una extraordinaria vigencia durante siglos posteriores en la doctrina y en la regulación legal de la guerra, sirviendo de marco general para el análisis de la justicia de la guerra. Actualmente es frecuente encontrar en los tratadistas, siguiendo a Vitoria, una división del tema de la guerra en dos apartados denominados derecho a la guerra (ius ad bellum) y derecho en la guerra (ius in bello). El primero hace referencia a la legitimidad para declarar una guerra y sobre todo a las causas, para que una guerra pueda ser concebida como justa. El segundo se concentra en las reglas de comportamiento, que deben estar presentes en la ejecución de una guerra, para que ésta pueda denominarse justa.
Me valgo del enunciado de los tres requisitos citados para desarrollar la filosofía de Vitoria acerca de cómo debe conducirse la guerra para merecer el título de justa y a continuación expongo si Israel los ha seguido en sus guerras con Palestina. Vitoria aborda su teoría de la guerra principalmente en su Relección segunda sobre los indios o del derecho de guerra de los españoles contra los bárbaros. Las citas que vienen a continuación se refieren a esta relección. Relección era la lección extraordinaria del maestro sobre un asunto controvertido, a cuya lectura se convocaba a toda la universidad; algunas, como las de Vitoria, merecieron su publicación.
Autoridad legitima
Francisco de Vitoria
La autoridad en las relaciones privadas para repeler una agresión es la del particular ofendido. En el ámbito público es el Estado el que posee la legitimidad para declarar y hacer la guerra, pero no........