Designación presidencial de vocales electorales
Los vocales electorales en ejercicio designados por el anterior presidente (uno nacional y nueve departamentales), al igual que los nombrados por la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), concluyen sus funciones el 18 de diciembre. Eso porque, indistintamente de la fecha en que hayan sido designados, según la Ley del Órgano Electoral (OEP), las funciones de los vocales finalizan con el vencimiento del período (CPE, art. 206.II; Ley 018, art. 20.1). Por lo mismo, corresponde la designación presidencial de vocales para el nuevo periodo (2025 - 2031).
Sin embargo, el presidente del Estado no puede designar a cualquier persona, arbitrariamente, como vocal electoral. Debe cumplir lo que dice la Constitución: “La elección de los miembros del OEP........





















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