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Asamblea Legislativa por 2/3 eligió vocales del TSE

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En derecho comparado el control de los procesos electorales en la región está a cargo de un órgano completamente autónomo que garantiza la independencia. El núcleo de esa independencia es que los magistrados, consejeros o vocales no tengan militancia política. 

En Colombia se tiene al Consejo Nacional Electoral (CNE), cuyo órgano se encarga de organizar, dirigir, vigilar y garantizar la transparencia de los procesos electorales en el país y resguardan la voluntad ciudadana mediante la aplicación de los principios de igualdad y legalidad. 

Constitucionalmente le corresponde al Congreso de la República de Colombia, elegir por dos tercios de votos a los 9 Consejeros Nacionales Electorales, por un periodo de cuatro años con alternancia parcial. Su responsabilidad es garantizar elecciones imparciales y transparentes. 

En la República de Chile, se instituye el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) integrado por cinco Consejeros, que se encargan de planificar, organizar, dirigir y fiscalizar todo proceso electoral y plebiscitario del país, desde la inscripción de votantes, elaboración del padrón, la importancia de las campañas y el financiamiento de los partidos políticos. 

Los Consejeros de Servel en Chile, son seleccionados y elegidos por el Senado con el acuerdo nominal público de dos tercios de votos. Duran en el cargo 10 años, renovados por parcialidades cada dos años, y sin derecho a reelección, lo que explica que no son nombrados todos en una fecha determinada. La posesión la realiza en ceremonia especial el presidente de la República, acorde........

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