Un decreto no puede estar por encima de la CPE

En todo ordenamiento jurídico de cualquier país del mundo, ante todo prevalece la aplicación en primera instancia de su Constitución Política del Estado (CPE). No por algo se la denomina ley de leyes, carta fundamental, norma suprema o ley principal. Entonces de acuerdo a un razonamiento elemental lógico jurídico un decreto supremo no puede estar por encima de una CPE.

Esto va en alusión a la promulgación que hizo el gobierno central del decreto supremo 5515 el 29 de diciembre del año pasado para modificar la organización del Órgano Ejecutivo y otorgar el poder de gobernanza al presidente Rodrigo Paz por medios tecnológicos cuando se encuentre fuera del país.

En nuestra CPE, está escrito claramente en el numeral II del artículo 169, que el vicepresidente/a asume la presidencia en caso de ausencia temporal del primer mandatario. Artículo que estaría siendo amenazado precisamente por lo que dispone el D.S. 5515. En otras palabras, se está........

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