Accountabyliti y rendición de cuentas

En el marco de la evolución de los conceptos vinculados a la conducción de los “estados nacionales” que actuaban en los diferentes países y particularmente en los que se consideraban en vías de desarrollo, los conceptos teóricos vinculados al manejo del estado, sus responsabilidades e implicancias, toman total preminencia en la gestión pública considerada de alta vulnerabilidad por sus particularidades y características.

Un complemento en esta conducción se generó a través de la “Teoría de la burocracia de Max Weber” (1864-1920) considerado el fundador del estudio moderno de la sociología y la administración pública, quien proponía “una forma de organización jerárquica del trabajo donde los funcionarios o trabajadores están especializados en su campo y funciones…….., la burocracia es un instrumento de dominación. Weber establece las condiciones para que una persona con poder justifique su legitimidad; explica cómo los sujetos sobre los que se ejerce tal poder son sometidos a él. Además de legitimar el poder, para que sea posible el ejercicio del poder es necesario cierto grado de organización administrativa. La que….. proporcionará el más alto grado de eficacia en el trabajo y la organización. El objetivo de tal organización será resolver los problemas de la sociedad, y por extensión los de la empresa. (Tomado de Psicología y Mente. La teoría de la burocracia de Weber: sus ideas y características)

Por lo anterior se puede afirmar que la teoría de la burocracia fue introducida en la conducción de los estados, enfatizando en la jerarquía, la división del trabajo, priorizando la normatividad basada en procesos y procedimientos, así como las relaciones interpersonales; sin embargo, en la práctica sus bases conceptuales sirvieron para burocratizar, haciendo más lentas, pesadas y poco eficientes las actividades y tareas de las entidades que conformaban los distintos gobiernos. 

A finales del Siglo XX, cuando en América Latina se daba énfasis a los procesos electorales, existían en las instituciones estatales mecanismos dispersos para exigir a los funcionarios públicos una efectiva rendición de cuentas, considerando que el ejercicio de la política en la región mostraba clientelismo, corrupción y otros que afectaban a la calidad de la democracia, aspectos que se han agudizado en los últimos años y es en ese orden de ideas que varios autores dieron énfasis a la importancia de los mecanismos de “rendición de cuentas”, con lo que surge técnicamente la palabra Accountability.

“La Accountability que es la obligación de asumir la responsabilidad por las propias acciones y resultados, y de poder explicar y justificar el desempeño, yendo más allá del simple cumplimiento para asegurar un impacto positivo, e implica rendir cuentas, ser transparente y dueño de los compromisos, tanto en lo personal como en lo profesional……. Donde se destaca el tomar control total de lo que se hace y sus consecuencias, sin excusas, se comunican los procesos, resultados y errores, se explican y justifican las decisiones y acciones ante otros (jefes, equipo, o stakeholders) y se concentra en lograr los objetivos y generar un impacto real y positivo, no solo en completar una tarea, actuando de manera consciente y alineada con los valores y metas, buscando mejorar continuamente. (Google visión creada por AI y validada por las bases teóricas del alcance y significado del concepto)

En la República de Bolivia se tuvo el tino de aprobar en julio de 1990 la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), la misma que se encuentra vigente en el marco de la Gobernanza (Gobierno Corporativo) que rige en nuestro país desde la fecha de su promulgación, siendo compatible con el concepto de Accountability, que está hoy vigente en el acontecer de la Gestión Pública de nuestro país y del mundo.

“La Ley 1178 tuvo entre sus particularidades el regular los sistemas de Administración y de Control de los Recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e Inversión Pública” con varios objetos específicos entre los que se destaca el “Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuentas no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados sino también de la forma y resultado de su aplicación;” 

En el Capítulo V Responsabilidad por la función pública dice: “Artículo 28º Todo servidor público responderá de los resultados emergentes del desempeño de las funciones, deberes y atribuciones asignados a su cargo. A este efecto: a. La responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión…….” (OAS.org. Ley de Administración y Control Gubernamentales. SAFCO).

Los antecedentes que acabo de describir son suficientes para dejar establecido que la conducción del Estado Plurinacional estaba amplia y cuidadosamente normada en la Ley SAFCO y que todo servidor público tenía y tiene total responsabilidad sobre lo que haga o deje de hacer, decida o no lo haga, logre resultados o no logre nada. Esto significa que debemos aplicar lo establecido en la Ley a todo y a todos quienes estuvieron relacionados con la función pública, destacando además que actos y decisiones no tienen prescripción y por ello corresponde priorizar lo que se quiere fiscalizar y de lo que se quiere establecer en cuanto a uso de recursos y logro de objetivos. En otras palabras, todos los servidores públicos están obligados a rendir cuentas sobre sus actos. 

La estructura administrativa del sector público tiene a la Contraloría General del Estado como la Institución responsable de aplicar la Ley 1178 y ejercer sus funciones a través de los procesos de auditorías externas o informes de auditorias internas que establezcan como se ejecutaron los recursos públicos y que objetivos se cumplieron, estableciendo si estos están acordes a los planes operativos y a los presupuestos institucionales.

Por lo anterior, una de las importantes responsabilidades del nuevo gobierno es revisar lo ejecutado en gestiones anteriores y establecer como funcionaron los distintos poderes del estado; es decir, si el ejecutivo cumplió sus funciones y responsabilidades, si aconteció lo propio en el legislativo, en el judicial, en el electoral, así como en todas y cada una de las organizaciones y entidades del Estado Plurinacional, en las entidades desconcentradas, en los proyectos, en las autoridades de todos los sectores, haciendo lo propio en los gobiernos departamentales y locales o municipales a lo largo de todo el país, para lo que la Contraloría General del Estado (CGE) de Bolivia es la directa responsable de supervisar y controlar el uso de los recursos públicos, a través de diversas auditorías para verificar el uso adecuado de los recursos financieros, la legalidad de las operaciones, en definitiva la eficacia y eficiencia en la gestión de entidades públicas, determinando responsabilidades y emitiendo informes para fortalecer la administración pública y proteger el patrimonio estatal, garantizando transparencia y el cumplimiento de normas. 

La Gestión Pública no puede continuar a la deriva, sin supervisión, sin control posterior y sin rendición de cuentas de todo lo que se hizo, se hace y se hará en el país. Por ello, el Gobierno tiene la obligación de entender y aplicar la Accountability; es decir, la Rendición de Cuentas sobre todo lo que se hace en la conducción del Estado.

El autor es administrador de empresas – director IICCA y Docente Emérito UMSA


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